Por: Redacción/
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 75/2019 al Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Román Meyer Falcón, por violaciones a los derechos humanos a la posesión, legalidad y seguridad jurídica, en agravio de 41 indígenas tzeltales y dos personas mayores posesionarias de terrenos nacionales en el estado de Chiapas, cuya regularización, enajenación y titulación no se ha realizado con debida diligencia en el procedimiento y plazo razonable, atribuible a personal de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), actualmente SEDATU.
Tras analizar los expedientes, la CNDH acreditó omisiones y prácticas dilatorias por la SEDATU, tales como retardo injustificado en la regularización de los terrenos nacionales, repetición de diligencias agotadas, solicitud de constancias de uso de suelo, así como la validación de pagos que ya tenían más de 10 años de haberse realizado.
Ya que, en octubre de 2000, un grupo de indígenas Tzeltales, poseedores del predio denominado Emiliano Zapata II, solicitaron a la SRA, actualmente SEDATU, la regularización, enajenación y titulación del terreno nacional; siendo hasta 2012 que la autoridad expidió 155 títulos de propiedad; dejando de pronunciarse con relación a 46 expedientes que quedaron en
diversas etapas, sin que a la fecha se haya regularizado su situación.
Respecto de las 2 personas mayores propietarias de los terrenos nacionales ubicados en los municipios de La Libertad y Palenque, desde 1994 han gestionado su regularización, enajenación y títulos de propiedad personal ante la ahora SEDATU, sin que hasta el momento se haya resuelto respecto de los títulos, la autoridad justificó la dilación de la expedición de éstos debido a la falta de trámites y diligencias pendientes por desahogar e integrar los expedientes administrativos, a pesar de que los agraviados realizaron todos los trámites solicitados por la institución.
Este Organismo Nacional advirtió la responsabilidad institucional de SEDATU, considerando que han transcurrido aproximadamente 19 y más de 24 años desde que los agraviados realizaron su solicitud, sin que se hayan concluido satisfactoriamente los procedimientos de regularización, enajenación y titulación de los terrenos nacionales por causas imputables
exclusivamente a dicha autoridad y sin que las diversas personas servidoras públicas que han ocupado cargos en la Dirección General de la Propiedad Rural, Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural y la Delegación Federal en Chiapas hayan realizado acciones eficaces para
la atención de sus requerimientos.
Por esos hechos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomienda al Titular de la SEDATU que repare integralmente el daño a las víctimas, que incluya compensación y se les inscriba al Registro Nacional de Víctimas; que en plazo de tres meses a partir de la aceptación de la Recomendación emita los títulos de propiedad del terreno Emiliano Zapata y realizar las inscripciones correspondientes en el Registro Agrario Nacional, Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado de Chiapas y en Registro de la Propiedad Federal.
También se le pide actualizar los avalúos de los predios de 21 víctimas para que se emitan los Acuerdos de Enajenación correspondientes y estén en condiciones para continuar con los procedimientos de enajenación, regularización y titulación de terreno nacional; reponer los trabajos de apeo y deslinde de 11 agraviados y prestar todas las facilidades a 4 víctimas que
lo requieren para que vuelvan a presentar sus solicitudes de enajenación onerosa, y colaborar en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en la SEDATU por la actuación de 23 personas servidoras públicas responsables e incorporar copia de la Recomendación a sus expedientes laborales y personales.
De igual manera se le solicita capacitar al personal de la SEDATU en la Ciudad de México y su Delegación de Chiapas en derechos humanos, con énfasis en debida diligencia, materia administrativa y procedimientos de regularización con visión diferencial y multicultural; establecer calendarios de seguimiento de la regularización de los terrenos nacionales de las
víctimas y hacerlo de su conocimiento; realizar un estudio de la problemática por dilación de procedimientos de enajenación, regularización y titulación de terrenos nacionales que propicia prácticas administrativas irregulares, en que establezcan soluciones con perspectiva de derechos humanos, y proponer modificaciones del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural y asignar a una persona servidora pública para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.
La Recomendación 75/2019 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx
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