- Con ello, se da certeza jurídica a la imposición de penas para quienes resulten condenados por haber cometido tal delito.
Por: Redacción/
La Cámara de Diputados aprobó, con 447 votos a favor, cero en contra y 20 abstenciones, el dictamen que adiciona un tercer párrafo al artículo 261 del Código Penal Federal, relativo a las penas por el delito de abuso sexual en menores de 15 años de edad.
El documento, enviado al Senado para sus efectos constitucionales, precisa que las penas previstas en el delito de abuso sexual en una persona menor de 15 años, o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho y por el uso de violencia, aumentarán conforme a lo dispuesto en el artículo 266 bis.
Señala la necesidad de hacer explícito el reenvío normativo hacia el artículo 266 Bis desde el artículo 261, a fin de considerar que el sistema de agravantes previstas para el delito de abuso sexual también es aplicable para la calificativa de abuso sexual cometido en persona menor de quince años de edad. Con ello, se da certeza jurídica a la imposición de penas para quienes resulten condenados por haber cometido tal delito.
Penalidad mayor de hasta en una mitad en su mínimo y en su máximo a la de 6 a 13 años de prisión
La diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos (PAN) dijo que se propone que la persona que cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de 15 años o en una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, tenga una penalidad mayor de hasta en una mitad en su mínimo y en su máximo a la de 6 a 13 años de prisión o cuando el delito se cometa por dos o más persona.
También, cuando el delito fuera cometido por algún familiar de la víctima, por algún servidor público o por quien abuse de la custodia o confianza en la guarda o educación de los menores. Además, la penalidad del delito se agravará por quien suministre algunas sustancias estupefacientes y psicotrópicas en contra de su voluntad o sin su consentimiento, agregó.
Aclaró que el ajuste normativo tiene objetivos claros y consecuentes con el principio de proporcionalidad de las penas. “Con su aprobación daremos un paso importante en la consolidación de una política de prevención, disuasión consecuente en la materia y de combate a la impunidad. Elevemos las penas de este delito; cuidemos a los niños y a las niñas de México”.
Expresó que el abuso sexual infantil es un delito que lastima, cala profundamente a las víctimas que lo padecen, pero también genera un sinnúmero de efectos familiares y sociales que deterioran el entorno comunitario.
Este delito no respeta sexo, condición económica ni estrato social, se ha convertido en un fenómeno muy preocupante por su alta incidencia y se ha disparado de manera alarmante. En los últimos cinco años aumentó en 87 por ciento el delito de abuso sexual en niños y niñas, subrayó.
Esa situación, dijo, debe ser un llamado de atención para padres de familia, maestros, autoridades de todos los niveles, medios de comunicación y para las y los legisladores.
“En esta materia, debe haber una coordinación y colaboración entre los gobiernos estatales y federales e incluso incorporar en temas preventivos a las instancias municipales; es preciso que se refuercen todas las acciones y programas inherentes tanto a la prevención como a la investigación y esclarecimiento”.
Añadió que uno de los eslabones más débiles de la cadena es el relativo a la atención a las víctimas y la profundización de la justicia con equidad de género y con enfoque que priorice el interés superior de la niñez.
Hoy se cumple con un deber en el orden de la normatividad. El dictamen llena un vacío importante sobre la posibilidad de agravamiento de las sanciones penales, en caso de que el delito se configure por autoridades federales y cuando se actualicen las hipótesis, puntualizó.
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