Por: Redacción/

El Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, a cargo del Magistrado Ricardo Paredes Calderón, ordenó reponer el procedimiento en el que se determinó que Rosario R. habría de permanecer en prisión preventiva.

La reposición del procedimiento no implica la puesta en libertad de Rosario R. Lo que ordena es que el Juez de Control establezca si su permanencia en prisión es la medida que asegura de mejor manera que la imputada comparezca a juicio; o bien, si bastan las medidas menos lesivas que contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para comparecer a dicho juicio.

La resolución se fundó en que la determinación de la prisión preventiva se dio sin establecer por qué dicha medida es proporcional, idónea y de menor lesividad, requisitos que se deben acreditar en términos de la Constitución Federal y el CNPP.