Por: Redacción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) iniciará a partir del 22 de mayo próximo la verificación del cumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte de los 868 sujetos obligados de la federación.
En sesión pública, el Pleno del Instituto aprobó el Programa Anual para la Verificación del Cumplimiento de las Obligaciones en materia de Transparencia por parte de los Sujetos Obligados del Ámbito Federal, correspondiente al ejercicio 2017.
Los objetivos del Programa es definir el tipo, alcance y número de verificaciones a emprender durante el ejercicio 2017 y establecer una ruta procesal para el análisis de los resultados del proceso de verificación, así como el procedimiento para el diseño de políticas por parte del INAI.
Para ello, el proceso de verificación diagnóstica 2017 se llevará a cabo en dos fases. La primera, a implementarse del 22 de mayo al 14 de agosto, contempla la revisión de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 70 a 82 de la Ley General Transparencia Acceso a la Información Pública, para detectar las áreas de oportunidad de cada sujeto obligado del ámbito federal y formularle observaciones y/o recomendaciones para el cumplimiento adecuado.
La segunda, a efectuarse del 15 de agosto al 20 de diciembre, prevé el seguimiento para corroborar que las observaciones y/o recomendaciones emitidas en la primera fase sean atendidas, así como para verificar que se cumplan los tiempos fijados para actualizar la información.
Para el proceso de verificación diagnóstica se tomarán como base los criterios y formatos establecidos en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia, aprobados por el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.
La Secretaría de Acceso a la Información del INAI es el área responsable para supervisar el desarrollo de la verificación diagnóstica, atendiendo las competencias establecidas en el Estatuto, los Lineamientos de Verificación y el Manual de Procedimientos de Portales.
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