Por: Redacción/

La Procuraduría General de la República (PGR) debe informar el número de averiguaciones
previas y casos atraídos por la entonces Fiscalía Especializada para Delitos Cometidos
contra Periodistas, de febrero a junio de 2010, instruyó el Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Carlos Alberto Bonnin Erales destacó
que hacer públicos los datos duros y concretos sobre estos temas, impulsa la generación de
políticas públicas acordes a los cambios que exige la realidad del país.

“La entrega completa y precisa de los datos oficiales sobre estos delitos propicia la
responsabilidad institucional de generar información, que contribuya a fortalecer una mejor
toma de decisiones en la generación de políticas públicas y una mayor eficacia de los
esfuerzos para mejorar las condiciones en México”, afirmó.

Sobre el derecho a la libertad de expresión y la protección a los periodistas, Bonnin Erales
subrayó que en México, también se creó la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y se
emitió un mecanismo para la protección de los defensores de derechos humanos y
periodistas para proporcionar protección y medidas preventivas.

“Para que el periodista goce de plena libertad en su ejercicio profesional, las investigaciones
que lleven a cabo, relacionadas con hechos que atentan contra sus derechos deben
entenderse como un deber jurídico que el Estado debe garantizar primordialmente”, sostuvo.

En este contexto, un particular solicitó a la PGR el documento que contenga el número de
averiguaciones previas y casos atraídos por la entonces Fiscalía Especializada para Delitos
contra Periodistas, del 16 de febrero a junio de 2010; especificando el tipo de delito, entidad
federativa y el estado procesal en que se encuentra cada caso.

La PGR declaró inexistente la información y señaló que no existe la obligación normativa de
elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes. Inconforme con esta respuesta, el
particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

Del análisis del caso se desprende que la PGR únicamente turnó la solicitud de información
a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la
Comunidad, siendo que existen otras áreas que por sus competencias podrían conocer los
datos requeridos por el particular, como la Dirección General de Control de Averiguaciones
Previas y en el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la
Delincuencia.

El sujeto obligado debió extender la solicitud de acceso a todas las áreas competentes, para
que éstas identificaran en sus archivos la información relacionada con el requerimiento, a fin
de entregársela al particular.

Además, durante el estudio del recurso, la ponencia del comisionado Bonnin Erales advirtió
que la hoy Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de
Expresión ha publicado información estadística relacionada con el número de
desapariciones y homicidios cometidos en contra de periodistas por entidad federativa en el
año 2010.

“También en el Informe de Labores de la Procuraduría General de la República del año 2010,
entre otra información, se localizó el número de determinaciones procedimentales llevadas
a cabo en las averiguaciones previas, el número de asuntos en el ámbito federal, número y
tipo de acciones desplegadas en las averiguaciones previas por el delito de homicidio y
desapariciones contra periodistas”, detalló Bonnin Erales.

En ese sentido, el comisionado señaló que aun cuando la PGR no se encuentra obligada a
elaborar un documento específico, debe proporcionar la información que obra en sus
archivos en el estado en que se encuentre, así como los datos estadísticos relacionados con
la materia del requerimiento.

Con base en los argumentos presentados, se determinó que el sujeto obligado no cumplió
con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública, dado que la solicitud no fue turnada a la totalidad de las unidades
administrativas que puedan contar con la misma; además, la unidad administrativa que se
pronunció sobre la solicitud pudo haber entregado la información que obra en sus archivos.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Carlos Alberto Bonnin Erales,
determinó modificar la respuesta de la PGR y le instruyó realizar una búsqueda en la
Dirección General de Control de Averiguaciones Previas y en el Centro Nacional de
Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, a efecto de localizar
información que se localice en sus archivos, relacionada con el número de averiguaciones
previas y casos atraídos por la entonces Fiscalía Especializada para Delitos Cometidos
contra Periodistas, indicando el tipo de delito, entidad federativa y el estado procesal de cada
caso, del 16 de febrero a junio de 2010.