- La Comisión determinó declarar la procedencia de la medida cautelar ya que, de un análisis preliminar, no se justifica la aparición de dicho precandidato único en propaganda de precampaña en televisión y radio.
Por: Redacción/
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió una medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del partido Morena y su precandidato único al cargo de gobernador de Tamaulipas, Américo Villarreal Anaya, por el presunto uso indebido de la pauta derivado de la difusión de seis promocionales en televisión y radio que, a decir del denunciante, podrían constituir posibles actos anticipados de campaña y afectar el principio de equidad en el desarrollo del proceso electoral local, solicitando la suspensión y difusión de los materiales.
Por cuanto al promocional PRECAMPAÑAS TAMAULIPAS pautado para radio y televisión, se declaró la improcedencia de la cautelar, al tratarse de hechos consumados e irreparables debido a que el pasado15 de enero de 2022 culminó su vigencia.
Respecto de los promocionales para radio y televisión GENERAL AMÉRICO VILLARREAL y PRESENTACIÓN AMÉRICO VILLARREAL, la Comisión determinó declarar la procedencia de la medida cautelar ya que, de un análisis preliminar, no se justifica la aparición de dicho precandidato único en propaganda de precampaña en televisión y radio, al considerar que su aparición y los mensajes que transmite pueden generar una ventaja indebida y trastocar la equidad de la contienda.
Cabe decir que, desde una óptica preliminar, la búsqueda, apoyo o respaldo de la ciudadanía o de algún órgano partidista para que Villarreal Anaya obtenga la candidatura es “aparente”, pues dicha propuesta única no requiere de ratificación, votación o validación posterior, de ahí que no se justifique su aparición ni el contenido de los promocionales, lo cuales, escapan de la temática que, por regla general, deben contener en etapa de precampañas.
Al respecto, la Consejera Claudia Zavala y el Consejero Ciro Murayama llamaron la atención en crear las condiciones propicias para que la Sala Superior genere una jurisprudencia en donde de forma vinculante se establezcan qué principios se deben privilegiar, tanto en la democracia interna de los partidos como en la equidad general de la contienda.
En tanto, la Consejera Adriana Favela manifestó estar en contra de la procedencia de la medida cautelar respecto de los promocionales GENERAL AMÉRICO VILLARREAL y PRESENTACIÓN AMÉRICO VILLARREAL, ambos de radio y televisión, al considerar que conforme a precedentes de la propia Comisión, de la Sala Superior y Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las precandidaturas únicas tienen la posibilidad de aparecer en los spots de precampaña; además, de que, en el caso, es necesaria la validación y calificación por parte de la Comisión Nacional de Elecciones de Morena tal y como lo refieren los Estatutos del partido político.
Finalmente, señaló que no se actualizan los actos anticipados de campaña al no colmarse los tres elementos que ha fijado el TEPJF (personal, temporal y subjetivo) para actualizar los actos anticipados de campaña, en particular, el elemento subjetivo, al no advertirse, en apariencia del buen derecho, un claro y explícito llamado al voto en favor o en contra de alguna candidatura o fuerza política.
Por esta razón, al existir mayoría de votos de quienes integran la Comisión, se ordenó al partido Morena sustituya los promocionales en un plazo no mayor a 3 horas a partir de la legal notificación y vinculó a las concesionarias de televisión, para que, de inmediato, en un plazo no mayor a 12 horas, se abstengan de difundir los promocionales citados.
El proyecto fue aprobado por mayoría de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, y en contra la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.
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