Por: Redacción/
La diputada Hilda Miranda Miranda (PRD) afirmó que la industria metalúrgica contribuye con el 4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), por lo que representa un motor que ha permitido la consolidación económica nacional; sin embargo, los beneficios no han impulsado adecuadamente a las comunidades nativas.
México, expuso, ocupa el primer lugar en la producción de plata a nivel mundial y se ubica entre los principales productores de 16 diferentes minerales entre los que destacan el plomo, zinc, oro, cadmio y cobre.
Por tal motivo, la legisladora propuso reformar la Ley Minera, con el objetivo de establecer mecanismos de consentimiento y participación de las comunidades y pueblos indígenas en esa actividad primaria, a fin de que se traduzca en beneficios para zonas originarias.
Consideró que las condiciones de vida y de trabajo en que se encuentran las zonas nativas, no son acorde con las utilidades que genera esa industria.
La diputada, secretaria de la Comisión de Desarrollo Social, e integrante de la de Desarrollo Rural, plantea que las comunidades tengan el derecho a usar y aprovechar los recursos naturales existentes en sus tierras y territorios, incluido el uso ceremonial y espiritual que en ellos se ejecuten.
Las modificaciones a los artículos 3, 6 y los capítulos 7 y 8 de esa norma, precisan que cada etapa del proceso metalúrgico, especialmente la exploración, explotación, el beneficio de los minerales y cierre de minas, se someterá a consulta para obtener la aprobación previa, libre, informada y culturalmente adecuada para los pobladores nativos.
De igual manera, tendrán derecho a participar y beneficiarse del aprovechamiento de los recursos minerales y que no se destruyan sus espacios a causa de esa actividad.
La iniciativa, presentada en la Permanente y turnada a la Comisión de Economía para su análisis, manifiesta que si por alguna causa relacionada con la minería se destruya su hábitat, tienen derecho a una reparación justa, que correrá a cargo del responsable y, en su caso, del Estado.
Establece que pueblos y comunidades nativas tienen derecho preferente para obtener las concesiones mineras cuando los recursos se encuentren en sus territorios.
La reforma subraya que el Ejecutivo no podrá otorgar ninguna asignación o concesión sobre tierras indígenas sin contar con el consentimiento previo, libre e informado, otorgado por las comunidades originarias que pudieran verse afectados con motivo de dicho otorgamiento.
Antes de comenzar las actividades de exploración o explotación que amparen dichas asignaciones o concesiones, las empresas deberán pactar con los poblados indígenas y con la participación del Estado, las medidas mínimas para evitar la contaminación o destrucción de sus tierras, así como los beneficios que las comunidades indígenas obtendrán.
Se sancionará con cancelación de la concesión minera cuando la actividad sea causa preponderante de migración de los pobladores de comunidades nativas; se afecten las fuentes de alimentos para la localidad, o provoque daños a la salud o que disminuya la capacidad de captación de agua para el consumo humano.
La minería no gozará de carácter preferente sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, y estará condicionada a no vulnerar los derechos humanos reconocidos por la Constitución y tratados internacionales ratificados por nuestro país, así como al medio ambiente.
La extracción se considerará de utilidad pública cuando se efectúe directamente por el Estado, sin la participación de particulares, para beneficio directo de los mexicanos y se realice de manera responsable con el ecosistema.
La legisladora por el Estado de México estimó que “los grandes remanentes del sector van hacia las empresas y a un grupo muy reducido de empresarios mexicanos y extranjeros, sin que aporten beneficio general para los pueblos indígenas”.
Consideró importante garantizar a esas entidades su derecho a participar en la toma de decisiones y en la planificación del desarrollo, respecto a la actividad metalúrgica.
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