Por Redacción

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó al Senado 10 propuestas para enriquecer la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, actualmente en proceso de dictaminación.

Las comisionadas, presidente Ximena Puente de la Mora, Areli Cano Guadiana y María Patricia Kurczyn Villalobos; y los comisionados Francisco Javier Acuña Llamas, Oscar Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov y Joel Salas Suárez, participaron en la audiencia pública convocada por las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera del Senado, para continuar con el análisis del proyecto de Ley General de Protección de Datos Personales.

En la reunión, encabezada por la presidente de la Comisión de Gobernación, senadora Cristina Díaz Salazar, y el secretario de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, senador Miguel Ángel Chico, cada una de las y los comisionados presentaron las propuestas.

El INAI recomendó que, además de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, haya ley federal y leyes estatales, homologando los derechos y principios en la materia y evitando diferencias en las legislaciones, planteamiento externado también por algunos representantes de organizaciones de la sociedad civil.

La comisionada presidente Puente de la Mora afirmó que el INAI encuentra en el Senado un aliado y reconoce su interés y esfuerzo colaborativo para que exista una Ley General de Protección de Datos Personales que fortalezca el ejercicio y respeto de este derecho. Puente de la Mora presentó la primera propuesta relativa al reconocimiento del Poder Judicial de la Federación como instancia competente para la impugnación de medidas de apremio impuestas por el INAI, y no el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ya que el Instituto es un organismo autónomo constitucional y no es parte de la Administración Pública Federal.

El comisionado Acuña Llamas planteó que el personal del INAI cuente con fe pública en sus facultades de verificación para dar certidumbre sobre probables hechos violatorios a la ley o el mal trato de datos personales.

También la facultad de imponer medidas precautorias, a fin de que durante una investigación sobre uso indebido de datos personales, se declaren medidas para evitar la consumación del daño que en ocasiones podría ser irreversible, como podrían ser el aseguramiento de equipos de cómputo o cierre de archivos.

La comisionada Cano Guadiana propuso que en la Ley se homologuen los principios de lealtad e información a los estándares nacionales e internacionales, para que la obtención de datos personales no se realice mediante engaños o de manera fraudulenta y se propicie una desviación arbitraria en su tratamiento y que el principio de información sea de fácil cumplimiento a través del reconocimiento de dos modalidades del aviso de privacidad.

Asimismo, dijo que es necesario el reconocimiento del interés jurídico para el ejercicio de derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) por parte de personas vinculadas con fallecidos, a fin de estar en posibilidades de realizar trámites y evitar ataques al honor, intimidad e imagen de la persona muerta.

La comisiona Kurczyn Villalobos planteó que en la Ley se establezcan evaluaciones de impacto en el tratamiento intensivo y relevante de datos personales, con el objetivo de detectar, prevenir y minimizar riesgos o posibles efectos negativos y costos económicos como consecuencia del tratamiento irresponsable de datos
personales.

Por otra parte, planteó la figura del Oficial de Protección de Datos Personales, para generar conciencia y buena praxis, contar con un órgano consultivo con funciones de control, supervisión y cumplimiento de la ley que podría fincar responsabilidades, tener un soporte estratégico del Instituto y constituirse en representación ante la autoridad.

El comisionado Guerra Ford dijo que la Ley debe desarrollar regulación para el tratamiento de datos personales en casos de excepción, como es la seguridad nacional y la procuración de justicia, disposiciones de orden público, seguridad y salud pública o para proteger derechos de terceros, o facultar al INAI para que emita lineamientos en ese sentido.

En su intervención, el comisionado Guerra destacó la importancia de que los estados homologuen sus legislaciones con lo que será la Ley General de Protección de Datos  Personales.

Dijo que 11 entidades ya cuentan con leyes en la materia y deberán ajustarlas, y el resto tendría que generar sus instrumentos normativos.

El comisionado Monterrey Chepov dijo que el INAI reclama ser parte en el procedimiento del recurso de revisión del Consejero Jurídico de la Presidencia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación Corte cuando considere que una decisión del Instituto afecta la seguridad nacional, a efecto de que sea escuchado. Afirmó que dicho procedimiento debe estar debidamente definido en cuanto a sus partes, alcances y efectos.

El comisionado Salas Suárez dijo que la Ley debe reconocer medidas compensatorias que permitan divulgar avisos de privacidad a través de medios masivos como internet o periódicos, con el propósito de que se facilite su operación y cumplimiento, como ya existe en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Al iniciar las audiencias, la presidente de la Comisión de Gobernación del Senado dijo que están en la etapa final del proceso de dictaminación para tener una Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de avanzada y en amplia armonía con la Ley General de Transparencia.

Participaron representantes de organizaciones de la sociedad civil como Article 19, Red para la Defensa de Derechos Digitales, Transparencia Mexicana, el Centro de Investigación y Docencia Económicas y la Asociación Mexicana de Internet, A.C.

Asimismo, senadores de las distintas fracciones parlamentarias, Laura Rojas Hernández, Alejandro Encinas Rodríguez, Héctor Larios Córdova, Zoé Robledo Aburto, Armando Ríos Piter, Gerardo Sánchez García y Félix Benjamín Hernández Ruiz.

DECÁLOGO INAI
1. El reconocimiento del Poder Judicial de la Federación como la instancia
competente para la impugnación de las medidas de apremio que impongan
el INAI.
2. La definición del alcance del recurso de revisión del Consejero Jurídico del
Ejecutivo Federal en materia de seguridad nacional.
3. La homologación del contenido de los principios de lealtad e información, de
acuerdo con los estándares nacionales e internacionales.
4. El reconocimiento del interés jurídico para el ejercicio de los derechos ARCO
(Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) por parte de personas
vinculadas a fallecidos, garantizando los principios de certeza y seguridad
jurídica.
5. El reconocimiento de la fe pública del personal del INAI y los organismos
garantes en sus actuaciones de verificación e inspección.
6. El reconocimiento de medidas precautorias en las verificaciones.
7. La realización de evaluaciones de impacto a la protección de datos
personales para aquellos tratamientos que se consideren intensivos o
relevantes.
8. El reconocimiento de las medidas compensatorias para facilitar el
cumplimiento del principio de información.
9. El establecimiento de la figura del oficial de protección de datos personales
que tenga por objeto coordinar las políticas, programas que correspondan
para el cumplimiento de la ley en la materia.
10.El desarrollo de reglas generales en el tratamiento de datos personales
realizado por las instancias de seguridad y procuración de justicia.