Por: Redacción/
Por haber actuado con negligencia en la tramitación de una solicitud de acceso al expediente clínico de una titular, relacionado con el parto y nacimiento de su menor hijo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) sancionó a un centro hospitalario con dos multas por un monto total de 4.6 millones de pesos.
La titular de los datos presentó un procedimiento de protección de derechos ante el INAI, al no recibir ninguna respuesta por parte del nosocomio a su solicitud, con la que pretendía se le expidiera copia certificada de todo el expediente clínico que se generó con motivo de su ingreso al hospital para su atención médica.
Previo trámite a la solicitud de protección de derechos, el Pleno del INAI ordenó al hospital hacer efectivo el derecho de acceso de la titular y determinó el inicio del procedimiento de imposición de sanciones en su contra.
Lo anterior, ya que el responsable de esos datos personales incumplió con las obligaciones relativas al trámite de dicha solicitud, previstas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), toda vez que, sin justificación alguna, no proporcionó en los plazos legales la copia del expediente clínico solicitado, por lo que se hizo acreedor a dichas sanciones económicas.
Como autoridad garante del derecho a la protección de datos personales, el Instituto está encargado de vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y su Reglamento, y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
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