Por: Redacción
Actualmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisa 40 de los 71 artículos de la Constitución de la Ciudad de México impugnados en siete recursos legales admitidos, detalla el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República, en su investigación “Las impugnaciones a la Constitución Política de la Ciudad de México”.
Además, es posible que en el corto plazo se presenten nuevas impugnaciones derivadas de la legislación secundaria de la Constitución Política de la Ciudad de México, pues tras la aprobación del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, el pasado 31 de mayo, diversos partidos políticos hicieron patente su intención.
El IBD delinea tres posibles escenarios en cuanto a los proyectos de sentencia que podría emitir la SCJN, por los recursos ya presentados: uno, podría ordenar una Constitución “espejo”, es decir, determinaría que ésta debe ajustarse firmemente a la federal, particularmente en materia de derechos.
Algunos actores políticos prevén un riesgo si la Corte dicta una postura “formalista” como ésta, porque sería rechazar la mitad del trabajo de los constituyentes, y se limitarían los derechos de los habitantes de la capital del país.
La segunda posibilidad, es que la SCJN avale lo aprobado por la Asamblea Constituyente, lo que reconocería que los Congresos locales pueden ampliar los derechos de los ciudadanos de un territorio, siempre y cuando no entren en “franca colisión” con lo establecido en la Constitución federal.
Al respecto ya existen antecedentes, como el de la Constitución de Michoacán que establece que la educación será gratuita hasta nivel universitario, mientras que en la Carta Magna federal, la gratuidad llega sólo hasta el nivel medio superior.
En un tercer escenario, explica la investigación del IBD, la Corte pondría en duda las nuevas instituciones contempladas en la Constitución local; como es el caso del Consejo Judicial Ciudadano, que podría ser desechado si la SCJN determina que las entidades federativas no están facultadas para crear órganos distintos a los contemplados en la Constitución federal.
Los siete procedimientos constitucionales -cuatro acciones de inconstitucionalidad y tres controversias constitucionales- han sido interpuestos por diversos actores gubernamentales, partidos políticos y organismos autónomos.
Mismas que fueron turnadas al ministro Javier Laynez, quién dictaminará y elaborará los proyectos de sentencia, a fin de someterlas a votación, y en caso de alcanzar el voto favorable de al menos 8 de sus 11 integrantes, proceder a la invalidación de los artículos impugnados.
La investigación del IBD detalla que el 5 de febrero de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial capitalina, el Decreto por el que se expide la Constitución Política de la Ciudad de México.
En él se estableció que la Constitución entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018, con excepción de las disposiciones en materia electoral, que están vigentes desde el día posterior a su publicación.
Las impugnaciones ante la SCJN han generado un debate público, en el que las voces a favor han expresado su beneplácito porque la revisión, dicen, servirá para dar “mayor legitimidad” al texto constitucional propuesto.
Mientras que los detractores consideran que se trata de una maniobra del Ejecutivo Federal y otras instancias gubernamentales, para “sabotear” la Constitución local, y que esas acciones obedecen a motivos político-ideológicos, más que jurídicos.
La investigación realizada por la Dirección General de Investigación Estratégica del IBD, puede consultarse de manera íntegra en la dirección electrónica:
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