Por: Redacción

Los hospitales privados están obligados a proporcionar el contenido de los expedientes clínicos, cuando el titular de los datos personales lo solicite, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Un ciudadano presentó una queja ante el INAI, por la falta de respuesta a su solicitud para tener acceso a las constancias y estudios, contenidos en dicho expediente.

El Instituto recordó que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), los titulares de los datos tienen el derecho de acceder a su información personal que esté en manos de personas, organizaciones o empresas privadas.

En ese sentido, se expuso, tienen derecho de acceder a la información contenida en su expediente clínico.

Así, el Instituto, a través de una resolución de protección de derechos, ordenó al nosocomio hacer efectivo el ejercicio del derecho de acceso a los datos personales del titular, contenidos en el mencionado expediente.

El Instituto recordó a las personas, organizaciones o empresas, que los datos personales contenidos en sus archivos o bases de datos no son de su propiedad.