Por: Redacción/
La diputada Abril Alcalá Padilla (PRD) planteó adicionar una fracción V al artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, para sancionar a quien venda, ofrezca en venta o comercie muestras médicas, con una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.
En la exposición de motivos de la iniciativa que analiza la Comisión de Salud, plantea desincentivar su comercio, especialmente en tiempos como los actuales, ya que el tema de la venta de medicinas “falsas”, caducas o contaminadas es de gran relevancia.
“En un tiempo donde la búsqueda por una vacuna y medicamentos para el tratamiento de Covid-19 se ha vuelto central, muchas personas son víctimas de engaños por parte de charlatanes o el mismo crimen organizado”, alerta la legisladora.
Indica que la comercialización de esos medicamentos atenta de manera directa contra los consumidores, quienes ponen en riesgo sus vidas por la adquisición y consumo de productos de esta clase, dado que pueden estar adulterados, caducos o ser falsos.
Alcalá Padilla precisa que esta problemática demanda acciones concretas para erradicar las condiciones que permiten la existencia de un mercado como este.
La comercialización de medicamentos caducados, a diferencia de los adulterados o falsos, indicó, puede ser combatida a través de acciones directas de la ciudadanía, ya que hoy en día no se tiene un conocimiento divulgado y general de cómo manejar su desecho.
Refiere que para el último tercio del 2019, el Sistema Nacional de Gestión de Residuos de Envases y Medicamentos (Singrem) estimaba que, de las 2 mil toneladas anuales de medicamentos caducos, sólo entre el 25 y 30 por ciento de las medicinas se recolectó para su destrucción adecuada.
“Una parte significativa termina en manos de comerciantes informales, quienes los ponen a la venta en distintos puntos como portales de internet o mercados ambulantes, como son los tianguis”, añade la diputada del PRD en el documento.
Puntualiza que la comercialización de medicamentos caducos amerita una dimensión propia, ya que “al ser obtenidos principalmente por la incapacidad de establecer una cultura del manejo de desechos médicos, la incidencia o alteración de estos bienes es una actividad que si bien es ilegal, es fácilmente adquirida por la población y se vuelve un punto de atracción para criminales de bajo perfil, los cuales no requieren de herramientas sofisticadas o grandes organizaciones”.
De ahí, el planteamiento de reformar el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, para adicionar una nueva fracción que contemple específicamente a los medicamentos caducos, y así “mantener a raya este mercado negro en un periodo de contingencia sanitaria”, subraya.
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