Por: Redacción/
El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) debe informar los montos de las penas convencionales determinadas y montos pagados por éstas con motivo de la compraventa de un lote del Desarrollo Turístico Bahías de Huatulco, Oaxaca, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara afirmó que el INAI trabaja para asegurar el ejercicio transparente de la información pública, con el propósito de que las y los mexicanos evalúen la gestión gubernamental y el desempeño de los servidores públicos.
“La entrega de los documentos relacionados con el cumplimiento en la ejecución de los proyectos turísticos en nuestro país permitirá contar con información que coadyuve en la toma de decisiones del sector turístico nacional”, afirmó Román Vergara.
En ese sentido, la Comisionada apuntó que dar a conocer lo requerido es una oportunidad para impulsar acciones que mejoren el conocimiento cuantitativo y cualitativo del sector turístico.
“La publicidad relativa a los montos de las penas convencionales determinadas y los montos pagados, permitirá conocer el adecuado cumplimiento de las condiciones contractuales impuestas al inversionista por parte del sujeto obligado”, subrayó Román Vergara.
En este contexto, un particular solicitó los documentos en los que consten las penas convencionales determinadas respecto de un lote ubicado en la Zona Turística del Desarrollo de Bahías de Huatulco, Oaxaca.
Fonatur apuntó que la información referente a las penas convencionales determinadas es confidencial, de acuerdo con las fracciones I y III del artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), pues revela la identidad del inversionista y su capacidad económica, datos que se obtienen del monto de venta del inmueble.
Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que el monto de las penas convencionales, no está relacionado con el nombre del inversionista; por lo tanto, no se vulnera confidencialidad alguna.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara, se determinó que la información solicitada no revela la capacidad económica de la empresa inversionista.
Por el contrario, la difusión de las penas convencionales contribuye a la rendición de cuentas sobre la capacidad de pago del inversionista, y sobre la decisión del Fonatur al elegir al inversionista y autorizar la operación de comercialización, pues las Políticas de Comercialización del Fondo disponen que no pueden ser elegibles los inversionistas o solicitantes con un mal historial crediticio.
Por lo anterior, el Pleno determinó modificar la respuesta del sujeto obligado y le instruyó entregar la expresión documental que contenga los montos de las penas convencionales determinadas y los montos pagados con motivo de las mismas, generados con motivo de la compraventa del lote- 13 manzana 2 Sector B, El Faro, del Desarrollo Turístico Bahías de Huatulco, Oaxaca.
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