Por: Redacción/
La Fiscalía General de la República (FGR) debe dar a conocer el número de denuncias, averiguaciones previas, carpetas de investigación y órdenes de aprehensión por delitos contra la libertad de expresión, lesiones, tortura, secuestro, homicidio, desaparición forzada, violación de correspondencia o revelación de fuentes o secretos, cometidos en contra de periodistas y personas defensoras de derechos humanos, en 2017 y 2018, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Asimismo, debe informar sobre el plan operativo de trabajo y los porcentajes de cumplimiento del Mecanismo de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos, en 2017 y 2018, así como el número de denuncias presentadas ante la entonces Procuraduría General de la República, que son supervisadas mediante este mecanismo.
“Garantizar el derecho de acceso a la información, en casos como este, permite conocer la actividad que despliega la dependencia con relación a la investigación de los delitos en contra de periodistas y personas defensoras de derechos humanos, así como sobre las medidas de protección que se les otorgan a estos grupos”, aseguró la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Al presentar el caso ante el Pleno, condenó el asesinato de la periodista Norma Sarabia, del medio Tabasco Hoy, que fue privada de la vida ayer por la noche en las puertas de su casa, en el municipio de Huimanguillo, Tabasco.
“Condenamos este muy lastimoso hecho, cada agresión a los periodistas constituye un golpe para cualquier sociedad que se precie de ser democrática, es un ataque no solo al gremio periodístico sino a toda la población. No se puede acallar las voces de los periodistas de esta manera”, afirmó.
La comisionada del INAI reitero la necesidad de transparentar y esclarecer toda la información y los mecanismos para atender los delitos cometidos en contra de la libertad de expresión. “Ni un periodista más”, manifestó.
El particular interesado en conocer la información presentó un recurso de revisión ante el INAI debido a que la FGR señaló que no contaba con elementos para dar trámite a la solicitud.
Al presentar sus alegatos, la FGR modificó su respuesta y proporcionó algunos datos generales localizados por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión y la Fiscalía Especializada en Investigación de
Delitos de Desaparición Forzada.
Por otro lado, la FGR señaló que no contaba con atribuciones para conocer información del Mecanismo de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la comisionada Ibarra Cadena, se advirtió que, aun cuando resulta competente para conocer los datos, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión no se pronunció sobre denuncias, averiguaciones previas o carpetas de investigación por el delito de desaparición forzada de periodistas y defensores de
derechos humanos.
Además, se verificó que, si bien la FGR indicó que turnó la solicitud a la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional, no se tiene constancia del pronunciamiento emitido y, de acuerdo con sus atribuciones, esta unidad es la responsable del Sistema Institucional de Información Estadística, en el que obra
información sobre investigaciones y seguimiento de procesos penales.
También se identificó que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas cuenta con información de delitos cometidos en contra de mujeres defensoras de derechos humanos.
Finalmente, se corroboró que la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos es la encargada de la conducción legal de la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal en casos de violaciones de derechos humanos.
Por lo expuesto, se concluyó que no existe constancia de que la solicitud haya sido turnada a las unidades administrativas competentes antes mencionadas.
Respecto a la incompetencia para conocer información sobre el Mecanismo de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos, se advirtió que la FGR es integrante de la Junta de Gobierno, que es la instancia máxima y órgano de decisión de este mecanismo.
En ese sentido, se determinó que es la autoridad competente para conocer de las denuncias interpuestas por las personas en busca de la protección y los beneficios de dicho mecanismo.
Bajo los argumentos planteados, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la FGR e instruyó a realizar una nueva búsqueda de la información solicitada en todas sus unidades administrativas competentes y proporcione al particular el resultado de la
misma.
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