Por: Redacción/
La Fiscalía General de la República (FGR) debe dar a conocer el número de denuncias presentadas por mujeres que sufrieron violencia, desglosado por tipo de violencia, edad y estado de 2015 a febrero de 2019, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Además, deberá pronunciarse sobre las detenciones realizadas en el mismo período, en relación con esas denuncias.
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena afirmó que contar con información precisa, relevante y confiable sobre la verdadera situación que guarda esta problemática social, contribuiría al desarrollo de políticas públicas y de instituciones jurídicas más fuertes.
“La transparencia de la información en este caso en particular es un insumo indispensable para la integración de análisis e iniciativas desde la ciudadanía y de los colectivos sociales que luchan por erradicar la violencia y discriminación en contra de niñas y mujeres”, enfatizó la comisionada.
Una particular solicitó a la Fiscalía General de la República el número de denuncias presentadas por mujeres que sufrieron violencia desagregado por edad, estado y tipo de violencia, así como el número de carpetas de investigación y detenciones por esos delitos de enero de 2015 a febrero de 2019.
El sujeto obligado, a través de su Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas, proporcionó el número de carpetas de investigación iniciadas con motivo de las denuncias interpuestas por delitos en esta materia. Inconforme con la respuesta, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que la FGR entregó la información incompleta, pues no se le proporcionaron los datos del tipo de violencia, edad de las víctimas, estado en el que se interpusieron las denuncias y el número de detenciones que se realizaron.
En alegatos, la Fiscalía reiteró su respuesta al considerar que agotó el procedimiento de búsqueda de la información peticionada y entregó los datos como obran en sus archivos.
Al analizar el caso, la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra advirtió que existen unidades administrativas cuyas facultades están relacionadas con la solicitud, que no fueron consultadas, por ejemplo, la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas y la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional.
Cabe señalar que la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas se encarga de establecer los sistemas de registro, control estadístico y seguimiento de las averiguaciones previas a cargo de las delegaciones, mientras que la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional es la responsable del Sistema Institucional de Información Estadística en el que obra la información relacionada tanto con las investigaciones como con el seguimiento de los procesos penales.
Además, dentro de las facultades de la Fiscalía se encuentra realizar detenciones por mandato ministerial a través de la policía, razón por la cual puede contar con información sobre detenciones. Por otra parte, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia dispone que la dependencia debe crear un registro público sistemático de los delitos cometidos en contra de mujeres, en el cual pueden obrar los datos relativos al tipo de violencia, edad y estado que no fueron proporcionados al solicitante.
Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva en todas las áreas competentes a efecto de que proporcione a la particular el número de denuncias presentadas por mujeres que sufrieron violencia, desglosado por tipo de violencia, edad y estado, así como, asumir competencia y pronunciarse sobre las detenciones, respecto del período de enero de 2015 a febrero de 2019.
No Comment