Por: Redacción
La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), de la Procuraduría General de la República, en coordinación con la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), a través de sede en el estado de Nayarit, unen esfuerzos para prevenir los delitos Electorales entre el sector empresarial de esa entidad, durante el actual proceso electoral.
Por lo anterior, FEPADE, realizó una plática sobre delitos Electorales dirigida a los agremiados de COPARMEX-Nayarit, misma que fue impartida por Enrique Ingelmo Michaca, funcionario de la Dirección General de Política Criminal y especialista en derecho penal electoral.
Ingelmo Michaca señaló que, por la naturaleza de sus actividades, los empresarios pueden incurrir en los tipos penales previstos en los artículos 7, fracciones XVIII, XIX y XXI y 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales consistentes en:
· Proporcionar por sí o interpósita persona, fondos provenientes del extranjero a un partido político, coalición, agrupación política o candidato para apoyar actos proselitistas dentro de una campaña electoral.
· Expedir facturas o documentos comprobatorios de gastos de partido político o candidato, alterando el costo real de los bienes o servicios prestados.
· Provea bienes y servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores autorizado por el órgano electoral administrativo.
· Realizar o destinar por sí o interpósita persona aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.
Además, el especialista de FEPADE, puntualizó los posibles delitos Electorales que por la posición de jerarquía de los empresarios, pueden llegar a cometer, así como los elementos o recursos que pueda tener a su alcance en virtud de esta posición, podrían actualizarse los supuestos previstos en los artículos 7, fracciones V, VIII y X; 13, fracción I, párrafo 3 y fracción II, relativos a:
· Recoger en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
· Solicitar u ordenar evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto.
· Organizar la reunión o el transporte de votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto.
· A quien por sí o a través de terceros, mediante amenaza o promesa de empleo, paga o dádiva, o promesa de entrega de cualquier tipo de recurso o bien, solicite o promueva que una o varias personas entreguen información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores.
· Altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores. (Tratándose de la información que proporcionan los trabajadores al entregar copia de sus credenciales para votar).
Finalmente Ingelmo Michaca, recordó que la FEPADE cuenta con los siguientes servicios de atención de quejas y orientación en la materia o para interponer una denuncia. Con este propósito, dijo, pone a su disposición los Sistemas de Atención Ciudadana FEPADETEL (01 800 8 33 72 33) y en la página electrónica www.fepade.gob.mx, los cuales ofrecen servicio las 24 horas del día, de los 365 días del año y ahora con el FEPADEMOVIL existen más opciones de denuncia.
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