Por: Redacción
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 32/2016, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, Carlos Lozano de la Torre, por violaciones a los derechos a la protección de la salud e integridad personal de una mujer en el Centro de Salud Norias de Ojocaliente y el Hospital de la Mujer, dependientes de la Secretaría de Salud de esa entidad federativa.
Este Organismo Nacional evidenció negligencia de dos médicos del Centro de Salud Norias de Ojocaliente, por actos y omisiones que impidieron garantizar con efectividad el derecho a la protección a la salud y salvaguardar la salud reproductiva, así como de un servidor público del Hospital de la Mujer, donde se le negó atención médica urgente, a pesar de que la agraviada tenía 28 días de sangrado transvaginal.
El 21 de abril del 2014 la mujer acudió a consulta externa en el Centro de Salud Norias, con un sangrado vaginal de 17 días de evolución, donde la médica que la atendió le indicó que debía practicarse un estudio de ultrasonografía ginecológica en una clínica privada. Siete días después, la mujer se realizó los estudios, regresó a consulta y fue canalizada por otro médico al Hospital de la Mujer, donde le informaron que tenía que verificar con el asesor del Seguro Popular cuáles estudios serían cubiertos por éste.
Al continuar con el sangrado, la agraviada decidió trasladarse a una clínica privada, donde le informaron que corría peligro su vida y que no había alternativa de llevarla a un hospital de servicios de salud del Estado, por lo que dio autorización para que la intervinieran quirúrgicamente, sin que se pudiera detener la hemorragia que presentaba. Como consecuencia de ello, le fue extirpado el útero y, después de ser analizado, se concluyó que se trataba de “un tumor de grandes dimensiones o embarazo cervical”.
La CNDH constató la existencia de un embarazo ectópico, del que los dos médicos del Centro de Salud Norias omitieron considerar los signos detectados en sus respectivas valoraciones, exponiendo a la mujer a complicaciones graves que redundaron en la pérdida del útero y pusieron en riesgo su vida, lo que los hace responsables de la violación del derecho a la protección de la salud, consagrado en los artículos 4° constitucional, 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y 10.1 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio de la mujer.
Respecto de la responsabilidad del tercer médico, la CNDH constató que la mujer acudió al Hospital de la Mujer y se le negó la atención médica de urgencia, contraviniendo la obligación de accesibilidad en los servicios de salud.
En este sentido, la CNDH recomienda al Gobernador de Aguascalientes, Carlos Lozano de la Torre, se repare el daño ocasionado a la víctima, con el pago de una indemnización y se le proporcione atención médica y psicológica por personal profesional especializado, de forma continua, hasta que alcance la sanación física, psíquica y emocional.
Se diseñe e imparta en el Hospital General Norias y en el Hospital de la Mujer, un curso integral y un taller de capacitación en materia del derecho a la protección a la salud. Dicho curso deberá ser impartido por especialistas en la materia, con perspectiva de género, con énfasis en el trato humanizado hacia las mujeres para sensibilizar al personal de salud, con el objetivo de evitar daños como los que dieron origen a este pronunciamiento.
Se implemente en el Hospital General Norias y en el Hospital de la Mujer una campaña permanente de difusión de los derechos de las mujeres usuarias de los servicios de salud y se colabore con la CNDH para iniciar el trámite de procedimiento disciplinario ante la instancia que corresponda contra los médicos en comento.
Finalmente, se inscriba a la agraviada en el Registro Estatal de Víctimas, a cargo de la Fiscalía General del Estado, para que tenga acceso al Fondo de Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito.
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