Por: Redacción/
El IVA en artículos de gestión menstrual representa un impuesto sexista o rosa que va en detrimento de la igualdad entre las mujeres y hombres en el sistema fiscal mexicano. Además, el consumo de estos artículos representa un medio para garantizar el derecho universal para mantener un nivel adecuado de salud y bienestar, señala un estudio de la Dirección General de Finanzas del Instituto Belisario Domínguez.
El estudio titulado “Menstruación libre de impuestos: una lucha contra la discriminación tributaria”, elaborado por Mario Iván Domínguez Rivas y Lorena Vázquez Correa, apunta que la eliminación del IVA a los artículos de gestión menstrual representaría un paso hacia la eliminación de sesgos de género en la política fiscal, sin embargo, reconoce que reduciría los ingresos tributarios del Gobierno Federal.
La investigación calcula que para 2020, el gasto fiscal de la tasa cero en artículos de gestión menstrual hubiera representado el 1.6% del gasto fiscal resultado del establecimiento de la tasa cero del IVA. En particular, el costo fiscal asociado sería incluso menor al gasto fiscal estimado para la tasa cero de IVA a libros, periódicos y revistas, representando el 70.9% de este.
En abril de 2021 el pleno de las Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma el artículo 114 de la Ley General de Educación para que las autoridades educativas y sanitarias de las entidades federativas faciliten el acceso a los productos para la gestión del sangrado menstrual en los planteles educativos públicos del tipo básico y medio superior.
Previamente, la cámara baja había desechado una iniciativa que proponía entre otras cosas la eliminación del IVA de los productos de gestión menstrual bajo el argumento de que los más de 3 mil 199 millones de pesos que se recaudan por este rubro cada año son necesarios para el presupuesto.
El documento del IBD apunta que, durante los últimos años, ante la creciente visibilización que ha impulsado el movimiento feminista sobre el impacto diferenciado y desproporcionado que tiene el impuesto a los productos de gestión menstrual, al menos 21 países y ciudades han implementado reformas a sus políticas fiscales para eliminar o reducir dichos gravámenes, las cuales han sido de estrategias diferentes.
En ese sentido, destaca que países como Canadá, la India, y Reino Unido aplican tasa cero; los Estados Unidos, Nicaragua y Australia han optado por la exención de impuestos. Otros como Bélgica, Colombia, Alemania e Italia han disminuido los gravámenes que se cobran, mientras que Francia ha optado por proveer productos de higiene menstrual de forma gratuita.
La investigación concluye que la igualdad entre la mujer y el hombre favorece el crecimiento económico, por lo que es importante la inclusión de la perspectiva de género en la política fiscal, en particular, en los sistemas tributarios que han carecido de ella.
El estudio completo del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/5241
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