Por: Redacción/
El Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género (Celig), de la Cámara de Diputados, se pronunció por hacer una revisión legislativa en las entidades federativas sobre derechos humanos de las mujeres que elimine cualquier conflicto entre normas e incorpore preceptos que cubran lagunas legales.
“Sólo de esta forma se contará con un andamiaje jurídico coherente, apegado a lo que establece la Constitución; de lo contrario, será sustancialmente inválido y carecerá de legitimidad”, destacó.
En la investigación “Mapeo de Armonización Legislativa en materia de Derechos Humanos de la Mujeres”, el Celig establece que Sinaloa es el único estado que cuenta con una armonización legislativa de esta índole, “al cien por ciento”.
La evaluación para identificar el estatus de la homologación legislativa estatal consideró lo que establece la Carta Magna y leyes secundarias de la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos, entre las que destacan las de igualdad, discriminación, derechos de la niñez, códigos civiles y penales, al igual que lo señalado en los diferentes instrumentos internacionales al respecto.
Se precisa que Chihuahua, Guanajuato y Jalisco están por debajo del 70 por ciento de dicha homologación; por tal motivo, tienen la oportunidad legislativa de diseñar un marco jurídico con enfoque de género en derechos humanos, que los visibilice para convertirlos en exigibles, oponibles y justiciables, precisó.
Once entidades (Aguascalientes, Colima, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Veracruz y Yucatán) registran menos del 80 por ciento de cumplimiento en la armonización normativa, y otras 17, entre las que se encuentra la Ciudad de México, rebasan el 80 por ciento.
Por ello, a través del estudio del Celig se afirma que: “aún falta mucho trabajo por hacer en las entidades federativas en materia legislativa para diseñar un marco jurídico incluyente que desarticule las desigualdades y sea herramienta para gestar una cultura igualitaria que elimine y erradique todo tipo de discriminaciones y jerarquizaciones por cuestiones de sexo”.
El objetivo, se subraya, es minimizar los efectos de las asignaciones sexistas que impiden el desarrollo pleno y la consolidación de la igualdad para las mujeres de acuerdo al artículo uno constitucional, para generar una sociedad más justa e incluyente y en consonancia con los derechos humanos tomando en cuenta que la igualdad de género es una condición irreducible para el desarrollo inclusivo, democrático y libre de violencia.
La reforma constitucional sobre derechos humanos ha roto diversos paradigmas, creando una visión más humanista en la construcción legal; no obstante, aún con ella, los diferentes instrumentos internacionales en la materia y las sentencias derivadas de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado mexicano que son vinculantes, “la legislación secundaria no se encuentra del todo acorde con los derechos y principios que de ellos se derivan”, se indica en el análisis.
Agrega que la falta de reconocimiento de esos derechos se traduce en violaciones en todas las esferas de la vida de las mujeres que limita o impide su desarrollo integral.
Resalta que la inclusión de los derechos humanos en la Constitución, instauran la obligatoriedad del Estado mexicano para realizar la armonización del marco jurídico nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos primero y 133.
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