- Los magistrados confirmaron los argumentos del INE para retirar la candidatura y consideraron que dejarlo competir sería un incentivo para que otras y otros aspirantes no presenten dicho informe en un futuro.
Por: Redacción/
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió confirmar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que ordenó retirar la candidatura de Morena a la gubernatura de Guerrero a Félix Salgado Macedonio, por no presentar informes de gastos de precampaña.
Las magistradas y los magistrados de la Sala Superior también reactivaron la vigencia de sustitución por lo que una vez que el partido político Morena sea notificado oficialmente, correrá el plazo para que pueda registrar a otra candidata o candidato que cumpla con los requisitos legales.
En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, el pleno también aprobó la pérdida de registro de Raúl Morón Orozco como candidato a la gubernatura de Michoacán, por no entregar reportes de gastos de precampaña, sin embargo, al rechazarse el proyecto inicial se realizará un engrose en los términos mencionados, que posteriormente se dará a conocer a detalle.
Por tanto, la Coalición Juntos Haremos Historia en Michoacán deberá sustituir la candidatura a la gubernatura de Michoacán en los términos precisados.
En cuanto al caso de Félix Salgado Macedonio, en la sesión de este martes la Sala Superior confirmó la pérdida del derecho a ser registrado como candidato, y como candidata a Adela Román Ocampo por omitir la presentación de los informes de precampaña.
El 9 de abril pasado, la Sala Superior confirmó la multa a Morena, pero ordenó al Consejo General del INE calificar nuevamente la falta y realizar la individualización correspondiente, para determinar qué sanción resultaba adecuada para inhibir este tipo de conductas.
El 13 de abril siguiente, el Consejo General del INE determinó, entre otras cuestiones y en cumplimiento a lo ordenado por esta Sala Superior, sancionar a Félix Salgado Macedonio -cuya falta se calificó como grave- y a Adela Román Ocampo, con la pérdida del derecho a ser registrado (a) como candidato a gobernador (a). En el caso de Luis Walton se cambió la pérdida del derecho a ser candidato por una multa.
Tras recibir las apelaciones de las partes involucradas, en las que Salgado culpó a su partido de la falta, la Sala Superior analizó el caso y luego de considerar que sí hubo dolo por parte del aspirante pues fue precandidato y sabía que tenía que reportar dichos gastos, confirmó el acuerdo del INE por el que se refrendó el retiro de la candidatura.
Las y los magistrados confirmaron los argumentos del INE para retirar la candidatura y consideraron que dejarlo competir sería un incentivo para que otras y otros aspirantes no presenten dicho informe en un futuro.
Derivado del análisis del caso, se consideró que el INE realizó una interpretación conforme de la Ley aplicable, impuso una sanción proporcional a la falta, y no se vulneró el principio pro persona, con lo que declaró infundados los alegatos de las partes que impugnaron.
En lo relativo a los casos de Adela Román y Luis Walton, la Sala Superior también confirmó hoy la resolución impugnada.
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