Por: Redacción/
El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro debe explicar a una persona solicitante por qué no cuenta con los contratos de publicidad mediante los cuales las organizaciones “El Poder del Consumidor”, “Alianza por la Salud Alimentaria”, “Organización contra el Peso”, “Centro de Orientación Alimentaria”, “Semillas de Vida” y “Sin Maíz no hay País” promueven sus mensajes en las estaciones de ese medio, ordenó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).
En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron por unanimidad de votos el proyecto de resolución a cargo de la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina, en el que una persona solicitante requirió la documentación oficial que permite a esas seis organizaciones hacer uso de los espacios publicitarios en el Metro; para corroborar lo anterior, presentó como ejemplo un panel localizado en la Línea 7.
En la misma solicitud de información, la persona requirió que el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) y la Secretaria de Administración Finanzas (SAF) ambos de la Ciudad de México, le entregue los contratos de publicidad que permiten a dichas organizaciones exhibir también su publicidad en la Red de Transporte de Pasajeros (RTP).
Las autoridades del STC Metro respondieron que luego de realizar una búsqueda en los archivos de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales del organismo no localizaron nada de lo requerido.
La persona solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INFO en el que aseguró que era “inverosímil” que no contaran con esa información porque incluso les envío pruebas de la publicidad difundida en una estación del Metro.
Admitido el recurso de revisión fue turnado a la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina la cual realizó el estudio y encontró que de acuerdo con el Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo y la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, existe la figura del Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR), el cual es un acto administrativo en virtud del cual la Administración otorga a una persona física o moral el uso de bienes inmuebles, como pueden ser los espacios en el Metro.
Por ese motivo, el STC no administra esos espacios pues su competencia se limita al otorgamiento de dichos permisos a personas físicas o morales que hayan reunido los requisitos legales respectivos. Quien genera, administra y detenta la información solicitada es el “permisionario”; es decir, la persona fisca o moral que se haya visto beneficiada con la obtención de un PART.
Pese a lo anterior, la Ponencia detectó que el Sujeto Obligado no fundamentó y motivó el impedimento que tenía para entregar la información requerida; por lo tanto, debe modificar la respuesta para que sus unidades administrativas expliquen de manera clara a la persona recurrente su imposibilidad de entregar los contratos de publicidad.
Asimismo, deberá remitir la solicitud de información al INVEA y a la SAF para que se pronuncien sobre el caso.
Durante la Sesión Ordinaria, la Comisionada Ponente María del Carmen Nava Polina consideró que el Metro es el pilar del transporte público en la capital del país, ya que está integrado por 12 líneas, 195 estaciones y tiene casi 6 millones de usuarios diarios. En este contexto, este medio de transporte es uno de los mejores espacios para la publicidad exterior por la afluencia de las personas, abundó.
Nava Polina informó que en la actualidad ISA Corporativo es la empresa que administra los espacios de publicidad en el Metro, lo cual representa una oferta de 45 mil lugares para publicitarse en estaciones, vagones, 540 pantallas con audio y video, abundó.
“Ahora bien, conocer la información requerida como son los contratos de publicidad no sólo es un acto de rendición de cuentas, sino del mayor interés público. Hace unos años en la publicación titulada “Dudas del subsuelo: publicidad en el Metro”, se señala que sobre los ingresos reportados en el Metro por concepto de publicidad entre 2000 y 2006 se recaudaron 682 millones de pesos, obtenidos mediante el otorgamiento de diversos permisos administrativos”, dijo.
Por ello, las personas tienen el derecho de conocer el contenido de los contratos y qué se hace con el dinero que se recibe producto de la concesión de publicidad, en qué se invierten los recursos, cuáles son las mejoras al servicio, el mantenimiento de los vagones y la relación que hay con el pago de los boletos, indicó la Comisionada Ciudadana.
Por unanimidad de votos, el Pleno del INFO aprobó modificar la respuesta del STC Metro.
No Comment