Por: Redacción/

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe dar a conocer el nombre de las ocho empresas que presentaron estudios de precios de transferencia de enero de 2016 a marzo de 2018, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford afirmó que la difusión de la información solicitada favorece la rendición de cuentas y fortalece el escrutinio ciudadano sobre las actividades de los sujetos obligados.

“El marco de esta solicitud de información que nos ocupa, es conocer los nombres de las empresas que, en el periodo de referencia, han presentado estudios de precios de transferencias, para que la sociedad pueda evaluar si el Servicio de Administración Tributaria está cumpliendo correctamente con su atribución de recaudar eficientemente y evitar la evasión y elusión fiscal”, apuntó el comisionado.

Guerra Ford expuso que estas empresas, en muchos casos, usan las transferencias entre las partes que las conforman, para reducir el pago de impuestos; aprovechando lagunas en las leyes tributarias nacionales y empleando incentivos fiscales procedentes de otros países.

Señaló que este esquema puede afectar la competencia empresarial, ya que los grandes contribuyentes pueden manipular los precios y los resultados económicos, con el fin de operar en los niveles de actividad donde la competencia que no tiene la misma estructura no puede competir y es forzada a salir del mercado.

“Los ingresos tributarios de la hacienda pública pueden verse disminuidos por la práctica de precios de transferencia, ya que los beneficios se transfieren a paraísos fiscales o países con impuestos más bajos, y sin olvidar la afectación que pueden ocasionar a los salarios de los trabajadores, porque los resultados económicos de las empresas son artificialmente bajos, maquillados mediante la transferencia”, apuntó Guerra Ford.

En respuesta al particular que solicitó la información sobre los estudios de precios de transferencia presentados, el SAT clasificó el nombre de las empresas que los han presentado, argumentando que se encuentran protegidos por el secreto fiscal. Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos, el SAT señaló que la confidencialidad de la información fue ratificada por su Comité de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que se encontraba frente a derechos públicos contrapuestos; por un lado, el de mantener la privacidad de los datos fiscales atribuibles a determinados contribuyentes y, por el otro, el de conocer información que obra en poder del sujeto obligado que contribuiría a transparentar el cumplimiento de una obligación del Estado Mexicano, cuyo propósito era combatir la elusión fiscal por parte de empresas con partes relacionadas.

De dicho análisis se concluyó que si bien los contribuyentes cuentan con información que debía ser protegida, en tanto que evidencia aspectos relacionados con su actuar interno; lo cierto es que, en el caso de aquella que da cuenta de quiénes presentaron estudios de precios de transferencias, permite impulsar una mayor transparencia de la administración tributaria y acreditar el cumplimiento y seguimiento de las medidas establecidas para evitar la elusión fiscal de los contribuyentes que cuenten con partes relacionados y, en ese sentido, existía un interés público mayor de conocer dicha información.

El comisionado subrayó que el sujeto obligado cuenta con atribuciones para conocer y recibir los estudios de precios de transferencia que deben presentar los contribuyentes con partes relacionadas, con el propósito de allegarse de elementos necesarios y suficientes que le permitan una recaudación equitativa y eficaz.

Con base en los argumentos expuestos, el Pleno del INAI, por unanimidad, revocó la respuesta del SAT y le instruyó entregar el nombre de las ocho empresas que presentaron estudios de precios de transferencia, de enero de 2016 a marzo de 2018.