Por: Redacción/
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informa que el decreto del Parque Nacional de Revillagigedo busca cumplir con los objetivos de conservación de la biodiversidad en el Pacífico mexicano, así como de preservación de importantes valores fisiográficos, escénicos y paisajísticos. por ningún motivo se pretende permitir la instalación de hoteles en las islas.
En este sentido, y en términos de los artículos 50 y 51 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), la intención es prohibir totalmente la pesca en todo el polígono del Parque Nacional de Revillagigedo, y de acuerdo con los artículos 47 BIS, 47 BIS 1 y 50 de esta misma Ley, designar como Zona Núcleo de Protección sus casi 14.8 millones de hectáreas, tanto en su posición marina como en las islas.
Esta zona representa aquellas superficies dentro del ANP que han sufrido muy poca alteración, así como ecosistemas relevantes o frágiles y fenómenos naturales que requieren de un cuidado especial para asegurar su conservación a largo plazo.
Es importante precisar que quedan exentas las Sub-zonas de Amortiguamiento de Aprovechamiento Sustentable no consuntivo, no extractivo y sólo de apreciación de recursos naturales en los sitios de buceo, y Zonas de Amortiguamiento en las islas donde existan o sean necesarias instalaciones militares, instalaciones de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) e instalaciones de comunicación.
La SEMARNAT reitera que la figura de Parque Nacional en el caso de la todavía Reserva de la Biósfera Revillagigedo garantiza una protección suficientemente estricta al establecer la prohibición de la pesca como principio fundamental de manejo en todo el polígono. Así mismo, podrá movilizar y atraer financiamiento y apoyos nacionales e internacionales, tanto privados como públicos y multilaterales, para destinarlos a su manejo y vigilancia.
El Parque Nacional Revillagigedo contribuirá al liderazgo de México en materia de conservación, ya que se suma a los países que han creado grandes áreas protegidas marinas con exclusión de pesca comercial, como Chile, Australia, Francia y Estados Unidos, entre otros.
Este decreto representa un paso firme en el cumplimiento de los compromisos internacionales de México a través del Convenio sobre Diversidad Biológica. Además, destaca la incorporación de este Parque al Corredor Biológico del Pacífico Oriental establecido por las Áreas Protegidas de Galápagos, Malpelo, Cohiba y Coco, de la mano de países como Ecuador, Colombia, Panamá y Costa Rica.
En lo que respecta a la industria pesquera, la figura de Parque Nacional representa un factor clave de sostenibilidad al tratarse de una inversión ecológica de gran productividad en términos de biomasa, abundancia, diversidad y talla de todas las especies, incluyendo las de interés comercial.
Para el gobierno de la República, un Parque Nacional expresa la reafirmación de soberanía del Estado sobre el territorio marino de México; es un instrumento inequívoco de gobernabilidad y manifestación de una clara voluntad de garantizar a perpetuidad la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas por encima de cualquier otro interés.
Finalmente, la SEMARNAT informa que el Estudio Previo Justificativo para la creación de un Parque Nacional en Revillagigedo se encuentra disponible para consulta pública; abierto para que investigadores y académicos, gobierno y sociedad civil emitan sus consideraciones, las cuales ayudarán a complementar y nutrir el documento con la primicia de lograr la conservación de la biodiversidad.
No Comment