Por: Patricia Ramírez
Quienes ejercen la patria potestad o tengan menores de edad bajo su custodia, deben estar obligados a respetar su integridad física y psicológica, y para ello la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena, impulsa una iniciativa que modifica el artículo 423 del Código Civil Federal.
El documento, que se encuentra en la Comisión de Justicia para su dictamen, cita que es prioritario educar sin violencia y apoyar formas de corrección que promuevan acciones adecuadas, y –sobre todo-, prohibir infligir al menor de edad actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica.
La iniciativa de la legisladora menciona que el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), revela que Estados Unidos, México y Portugal, son países donde el índice de mortalidad de menores de edad por maltrato físico es más elevado. Las cifras son 10 o 15 veces mayores que en el resto de las naciones desarrolladas; en 29 países es ilegal pegarle a un niño, y en otros 113 se prohíbe el castigo corporal en las escuelas.
“Sin embargo, en otras naciones como la nuestra y muchas otras de América Latina, la violencia física se ve como un método para disciplinar a las y los niños”.
UNICEF estima que en México, 62 por ciento de las niñas y niños han sufrido maltrato en algún momento de su vida.
Cifras del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), señalan que en el país por lo menos en 3 de cada 10 hogares, alguno de sus miembros es víctima de violencia familiar. En 85 por ciento de los casos el agresor es el jefe de familia; 12 por ciento la madre y en el 3 por ciento restante son tíos, abuelos, primos.
Asimismo, el Diagnóstico de Percepción de la Violencia de la Organización de la sociedad civil “Save the Children”, detalla que al entrevistar a 7 mil 655 niños, niñas y adolescentes arrojó que 58 por ciento de éstos ha vivido violencia en la escuela; 47 por ciento en la familia, y 43 por ciento en la comunidad.
La diputada Aceves Pastrana, secretaria de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, menciona que al analizar la legislación, ubicó que el castigo corporal en el hogar sigue siendo legal, no está prohibido en la mayoría de los códigos civiles ni penales, ni en las leyes de educación.
“Las leyes que regulan a las instituciones de asistencia tampoco prohíben ni sancionan el castigo corporal. En ocasiones, incluso, aparece como una forma justificada de corrección o disciplina”, añadió.
Es notorio que la sociedad considera que las correcciones, incluyendo “golpes leves” y formas psicológicas de violencia –humilla-ción y amenazas-, no son violencia, tan solo forman parte de una estrategia de disciplina positiva que no lastima a la niña y no le duele al niño.
“Todo indica que seguimos formando a las personas desde el autoritarismo; entonces, cómo sorprendernos de que las personas promuevan la intolerancia, exista el control policíaco y la represión social, si ya en casa hemos conocido y aceptado esa regla”, afirmó.
Con esta reforma al Código Civil Federal, se erradicaría de su articulado el maltrato infantil, toda vez que las niñas y niños tienen derecho a vivir libres de violencia, finalizó.
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