Por: Redacción/
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este miércoles el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 (PEF), que prevé un monto de 6 billones 107 mil 732.4 millones de pesos (mdp),
La cifra corresponde al total de los recursos previstos en la Ley de Ingresos de la Federación 2020.
El PEF entrará en vigor el 1 de enero del año entrante.
Se establece que las prioridades del gasto se dirijan hacia programas sociales, a fin de brindar atención a las desigualdades económicas, sociales y regionales que persisten en el país.
Se privilegia el gasto en seguridad, bienestar social y sector energético para lograr la reactivación en rubros como la infraestructura de Petróleos Mexicanos.
Se plantea como contexto un entorno internacional complejo, con desaceleración económica, precios de energéticos a la baja e intensificación de conflictos geopolíticos y tensiones comerciales, en el que se busca reducir el impacto de los factores externos en la economía nacional.
El gasto para el 2020 busca potenciar la inversión productiva sobre el gasto administrativo, manteniendo la austeridad, transparencia, eficacia y eficiencia en el ejercicio del gasto.
Se destinarán recursos para el rescate del sector energético, a fin de revertir el deterioro de Pemex y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con incrementos reales de 8.8 por ciento y 1.4 por ciento, respectivamente.
Se incluyen 63 programas en el Anexo 25 “Programas sujetos a reglas de operación”, aumentando las intervenciones del gobierno que estarán sujetas a esta modalidad.
Las Reglas de Operación deberán ser publicadas, a más tardar, el 31 de diciembre de 2019.
Se adicionan 13 programas: Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos; Crédito Ganadero a la Palabra; Fertilizantes; Producción para el Bienestar; Programa de Microcréditos para el Bienestar; Jóvenes Escribiendo el Futuro; Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez; Jóvenes Construyendo el Futuro; Programa Nacional de Reconstrucción; Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; Sembrando Vida; Programa de Infraestructura Indígena, y Programa de Apoyos a la Cultura.
En el caso de los programas que se añaden, las dependencias y las entidades deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación, a más tardar el último día de febrero.
Se considera de especial importancia garantizar los recursos presupuestales para financiar las recientes reformas constitucionales y legales aprobadas, sobre todo la obligatoriedad que tiene el Estado para impartir la educación superior de manera gratuita.
El PEF prevé los recursos necesarios para la creación del fondo previsto en la reforma constitucional en materia educativa.
También se considera de vital importancia que en el Presupuesto de Egresos se prevean recursos para la implementación de la primera etapa de la reforma en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019.
Dicha reforma contempla un proceso de cuatro años para poner a México en la vanguardia de los derechos laborales, y garantizará la democracia y libertades sindicales como no se había hecho en más de tres décadas.
Para los municipios indígenas, considerados entre los 200 más pobres del país, los proyectos de inversión del Programa de Infraestructura Indígena se podrá financiar en su totalidad con recursos federales o de manera concurrente.
Asimismo, se procurará atender el pleno acceso y satisfacción de las necesidades de dichos grupos, tales como electricidad, agua, drenaje, educación, salud, vivienda e infraestructura para la producción, almacenamiento y distribución de alimentos.
En las disposiciones transitorias se precisa que bajo ninguna circunstancia se podrán hacer aportaciones, transferencias o pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización de gasto.
Los ingresos federales que se obtengan de reintegros a la Tesorería de la Federación que realicen las universidades e instituciones públicas de educación superior, respecto de recursos federales no ejercidos en ejercicios fiscales anteriores al 2020, se podrán destinar por la secretaría a proyectos de inversión en infraestructura educativa a cargo de universidades e instituciones públicas de educación superior.
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