Por: Redacción/
Por ingresar ilegalmente a siete domicilios sin orden judicial, cometer detención ilegal y arbitraria, retención ilegal y actos de tortura y malos tratos, atribuibles a elementos de la Policía Federal (PF), en agravio de 23 personas, 10 de ellas menores de edad, en Macuspana, Tabasco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 39/2019 al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Francisco Alfonso Durazo Montaño, así como al Fiscal General del Estado de Tabasco, Jaime Humberto Lastra Bastar, por la participación de personas servidoras públicas de esa instancia que impidieron el acceso a la justicia.
Concluida su investigación, por hechos ocurridos durante la pasada administración, este Organismo Constitucional Autónomo acreditó que los elementos de la Policía Federal cometieron violaciones a los derechos humanos a la inviolabilidad del domicilio, a la libertad y seguridad personal de esas 23 personas, a la integridad personal por tratos crueles, inhumanos y/o degradantes y actos de tortura contra 9 de ellas, y contra el interés superior de la niñez en agravio de 10 personas menores de edad, en tanto que personal de la Fiscalía Estatal violó el derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración contra uno de los agraviados y sus familiares.
En diferentes acciones y en la misma fecha –24 de julio de 2015—, elementos de la Policía Federal (PF) ingresaron en forma ilegal y violenta a 7 domicilios ubicados en la Ranchería Lázaro Cárdenas, el Ejido el Venadito y Ranchería Bitzal, en Macuspana, Tabasco; causando destrozos, derrumbando puertas y ventanas y cateando ilegalmente las viviendas; sin explicación golpearon y detuvieron a personas adultas y personas menores de edad, maltratándolos al aventarlos en la parte trasera de unas camionetas para llevárselos detenidos.
Por su parte, en relación con el derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración, se advirtió que, durante el trámite de la carpeta de investigación iniciada por la denuncia de una de las víctimas en contra de elementos de la Policía Federal, personal de la Fiscalía General del Estado de Tabasco no efectuó oportunamente las diligencias necesarias o idóneas para la investigación del delito.
Esta Comisión Nacional es respetuosa de las actuaciones realizadas por la autoridad judicial federal y no se pronuncia respecto de la probable responsabilidad penal que se imputó a 5 de las personas adultas, lo cual es objeto de análisis en la causa penal, por lo que sólo se refiere a las violaciones a derechos humanos acreditadas en la recomendación correspondiente.
De manera reiterada, la CNDH ha señalado que se debe investigar, procesar y, en su caso, sancionar a quienes cometan faltas y delitos, pero siempre en el marco del Derecho y del respeto a los derechos humanos. Las conductas de los agentes aprehensores encaminadas a acreditar la responsabilidad de las personas inculpadas también deben ser investigadas y sancionadas cuando haya señalamiento de violaciones a derechos humanos, porque de no hacerlo se contribuye a la impunidad. Las víctimas del delito también deben tener protegidos sus derechos humanos de acceso a la justicia, entre otros, a partir de investigaciones ministeriales adecuadas y profesionales.
Por todo lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomienda al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare integralmente el daño a las 23 víctimas y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, así como colaborar en la integración de la carpeta de investigación que se inicie por la denuncia que la Comisión Nacional presentará ante la Fiscalía General de la República contra los elementos involucrados, y en el procedimiento administrativo de responsabilidad que promoverá ante la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal.
Además, se deberá capacitar a los agentes de la Policía Federal destacamentados en Macuspana, Tabasco, en derechos humanos, específicamente sobre los estándares internacionales, acuerdos y protocolos relacionados con derechos a la integridad, seguridad jurídica, libertad personal y prohibición de la tortura, descritos en esta Recomendación, y se deberá proporcionar a ese personal policial equipos de videograbación, audio y geolocalización satelital para acreditar, a través de su uso permanente, que en los operativos respetan los derechos humanos.
Al Fiscal General de Tabasco se le recomienda que con urgencia se practiquen las diligencias legal y materialmente necesarias para determinar la carpeta de investigación por los hechos denunciados por uno de los agraviados; colaborar con la CNDH en la queja que promueva ante la Visitaduría General de la Fiscalía estatal contra las autoridades responsables y el personal de la Policía de Investigación de esa Fiscalía involucrado, y se capacite al personal ministerial adscrito al municipio de Macuspana, Tabasco, en derechos humanos en lo relativo al derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración.
A las dos autoridades se les pide que cada una designe a una persona servidora pública de alto nivel que sea enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.
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