Por Vicente Flores
El Tercer Tribunal Unitario en Material Penal del Primer Circuito negó un amparo promovido por la defensa de Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán, en contra del auto de folrmal prisión que le fue dictado por fugarse del Penal de Puente Grande en Jalisco en 2001.
La Magistrada Isabel Porras, determinó que no existen actos violatorios en la resolución del Cuarto Tribuna Unitario de la Ciudad de México, siendo esta instancia, la que confirmó la acción penal en contra del líder del Cártel de Sinaloa, por los delitos de delincuencia organizada y cohecho.
En el expediente 16/2001, queda constado que ‘El Chapo’ corrompió a las autoridades del Penal , esto, durante el tiempo e el que permaneció recluso y por medio de dadivas, lo que le permitió al narcotraficante el ingreso de vino y prostitutas durante las fiestas en prisión.
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