Por: Redacción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) dar a conocer especificaciones técnicas de los equipos de cómputo utilizados para el registro de solicitudes en el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios de los programas a cargo de la dependencia.
La Secretaría deberá precisar marca del equipo, modelo, número de parte, procesador, memoria y disco duro; además de informar el dato de la resolución de las cámaras y proporcionar copia de los instrumentos jurídicos sobre la prestación del servicio.
“La información pública permitirá que las autoridades responsables rindan cuentas no sólo sobre cómo va la instalación de este padrón, sino sobre qué se está haciendo para garantizar que sean los productores que más lo necesitan quienes reciban los apoyos contemplados”, aseguró el comisionado Joel Salas Suárez al presentar el caso ante el Pleno.
Expuso que el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios es un nuevo proceso de registro para garantizar la focalización y ejecución confiable y transparente de los recursos públicos en beneficio del campo mexicano.
“No sólo busca reunir en un solo lugar a todos los solicitantes y beneficiarios, sino que digitalizará la información y los procesos para hacer más confiable y transparente la entrega de más de 60 mil millones de pesos que se destinaron este año para apoyar la producción agropecuaria y pesquera del país”, subrayó.
Una particular solicitó conocer información relacionada con los instrumentos jurídicos de contratación y las especificaciones técnicas de la plataforma y los equipos informáticos utilizados para suministrar el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios de la Sagarpa, de 2007 a 2017.
En respuesta, la dependencia proporcionó distinta información; sin embargo, no dio a conocer las especificaciones técnicas de los equipos de cómputo, ni el dato de la resolución de las cámaras, y tampoco proporcionó los instrumentos jurídicos sobre la prestación del servicio.
Inconforme, por considerar que la información era incompleta, la solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. En el análisis del caso, se determinó que la Secretaría no hizo una búsqueda exhaustiva de la información, ya que no consultó a todas sus unidades administrativas competentes, entre las que se encuentra la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios.
Se advirtió que esa área es la encargada de llevar a cabo las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de la dependencia; así como administrar la asignación, utilización, conservación, aseguramiento, reparación, mantenimiento, rehabilitación y aprovechamiento de oficinas, espacios de trabajo y bienes muebles e inmuebles.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Sagarpa y le instruyó una búsqueda exhaustiva en todas las unidades competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios, a fin de que entregue a la particular la información de su interés.
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