Por: Redacción
El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) deberá poner a disposición documentos, fotografías, publicaciones, expedientes, videos y todo material en imagen, video y audio que hayan sido desclasificados de 1990 a 2017, en la modalidad de consulta directa, aprobó por unanimidad el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“Me parece relevante el seguimiento que los particulares le dan a la información que obra en los archivos de los sujetos obligados como fue en este caso, lo que es interesante tanto por el sujeto obligado de que se trata, como por el tipo de información que podría encontrar ahí, la cual en su mayoría fue protegida en su momento por argumentos de seguridad nacional”, expresó el comisionado ponente Oscar Guerra Ford.
Se trata de expedientes desclasificados de la Dirección General, Escuela de Inteligencia para la Seguridad Nacional, Secretaría General, Unidad de Administración, Finanzas y Administración, cuyos temas versan sobre planeación, información y evaluación de políticas; material pedagógico; desarrollo académico; apoyo académico; carpeta de información diaria; agenda institucional de riesgos clasificadas en 2004; encuestas de opinión pública clasificadas en 2004; contrainteligencia; grupos de atención; información y tecnología; recursos tecnológicos; gobernabilidad y migración, entre otros.
“Entre los expedientes obra información que estuvo clasificada por 12 años, el plazo máximo de reserva que permitía la ley en ese momento vigente; considero relevante exponer el presente asunto para dar publicidad de este modo a la posibilidad de tener acceso a un número de expedientes que en su momento fueron reservados por diversas índoles, principalmente por cuestiones de seguridad nacional”, destacó el comisionado Guerra Ford.
Un particular solicitó los documentos, fotografías, publicaciones, expedientes, videos y material en imagen, video y audio que hayan sido desclasificados de 1990 hasta 2017, en razón de que ya no aparecen en la página del CISEN y en el pasado sí estaban disponibles.
En respuesta, el sujeto obligado remitió al particular a consultar la página web del INAI, indicándole la ruta que debería seguir, debido a que consideró que la solicitud era un requerimiento genérico porque el particular no precisó qué documento quería.
Inconforme con la respuesta, el particular solicitó que la información le fuera entregada o visible en la página del CISEN, pues al estar desclasificado debería ser accesible.
En alegatos, el CISEN justificó su respuesta al señalar que la información requerida corresponde a un universo de 3 mil 425 expedientes desclasificados y que atender la solicitud en los términos requeridos, implicaría desviar una importante cantidad de recursos materiales y humanos descuidando el objetivo primordial de la institución.
El sujeto obligado proporcionó en formato Excel los listados de los expedientes desclasificados.
Al analizar el recurso de revisión, la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford determinó revocar la respuesta impugnada a fin de conceder el acceso a la información solicitada en consulta directa, ya que el particular no requirió sólo el acceso al listado de expedientes sino a los documentos como tal.
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