Por: Redacción/
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dar a conocer los contratos celebrados y relacionados con la empresa encargada de reunir, almacenar, administrar y/o armar las bases de datos de los beneficiarios de la entrega de televisiones digitales, en el marco del Programa para la Transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT).
En respuesta a la solicitud de una particular, la SCT señaló que el listado de beneficiarios fue definido por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), por lo que orientó el requerimiento de información a dicha dependencia. Inconforme con la respuesta, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que reiteró su solicitud de acceso a todos los documentos referentes al contrato que la SCT celebró con la empresa encargada de las bases de datos, identificada como Human Factor.
En alegatos, la SCT manifestó, a través de la Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, que los documentos referentes al contrato celebrado con Human Factor es una ampliación a la solicitud y pidió el sobreseimiento del medio de impugnación.
No obstante, en el estudio del caso, la Ponencia del comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, identificó que, para llevar a cabo la distribución de los televisores digitales, la SCT realizó registro de huellas dactilares, fotografías y digitalizó documentos que presentaron los beneficiarios.
Cabe señalar que con objetivo de integrar las bases de datos de los beneficiarios del programa TDT, el sujeto obligado celebró cinco contratos con la empresa denominada Código Empresarial, S.A. de C.V. (Human Factor), bajo el concepto “Módulos y toma de datos biométricos”.
“De lo anterior se concluye que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sí celebró contratos con una empresa que tuvo por objeto armar las bases de datos de los beneficiarios de Televisión Digital Terrestre, pues como se mencionó la toma de datos biométricos formó parte del registro que el sujeto obligado realizó al momento de efectuar la entrega material de los televisores”, apuntó el comisionado presidente del INAI, al presentar el asunto ante el Pleno.
En ese contexto es posible advertir que la STC realizó una búsqueda restrictiva de la información, pues si bien turnó la solicitud de información a la Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, existen más áreas en condiciones de conocer la información solicitada, como la Dirección General de Recursos Materiales.
Por lo anterior, a petición del comisionado presidente, el Pleno del Instituto revocó la respuesta de la SCT y le instruyó entregar a la particular los contratos ADN-712-DGRM-01/2014-44, ADN-712-DGRM-01/2014-44-01, LPN-712-N79- 01/2014-107, LPN-712-N79-01/2014-107-01 y LPN-712-N35-01/2015-63, celebrados con la empresa Código Empresarial, S.A. de C.V. (Human Factor).
No Comment