Por: Redacción
La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que en el espesor troposférico más cercano a superficie se observa una circulación anticiclónica sobre la región central del país, además de señalar que el campo de viento generado por estos sistemas meteorológicos propicia moderado transporte de humedad desde el océano Pacífico, condiciones que se mantendrán al menos hasta la tarde.
Por lo anterior, y dadas las condiciones descritas, a las 15:00 se informará sobre la permanencia o suspensión de la Fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Por lo pronto hoy jueves 17 de marzo de 2016 todos los vehículos con engomado de color verde y terminación de placas 1 o 2 deberán de restringir su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas, sin distinción del tipo de holograma de verificación vehicular (1, 2, 0 y 00), además de los vehículos con hologramas 1 y 2 y terminación de placa PAR, la medida aplica en 16 delegaciones de la Ciudad de México y los siguientes 18 municipios conurbados del Estado de México: Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad.
Es importante considerar que los vehículos que se encuentren en los siguientes supuestos quedarán exentos de la medida:
Los vehículos automotores que porten en lugar visible el holograma “Exento”.
Vehículos que utilicen fuentes de energías no contaminantes o que no emitan contaminantes derivados de la combustión (eléctricos, híbridos, de energía solar).
Vehículos automotores destinados a prestar servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos.
Vehículos de transporte escolar con la debida acreditación.
Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, siempre y cuando se encuentren prestando el servicio y cuenten con la autorización o permiso correspondiente.
Vehículos destinados a transportar o que sean conducidos por personas con discapacidad, siempre que cuenten con las placas de matrícula de identificación respectiva o porten el documento, distintivo o autorización, que para tal efecto expida la autoridad competente.
Aquellos en los que se manifiesta o se acredite una emergencia médica.
Vehículos destinados al servicio público federal de transporte de pasajeros y cuenten con la autorización o documento expedido por la autoridad competente.
Los vehículos con placas de auto antiguo.
Los vehículos de procedencia extranjera o los matriculados en entidades federativas distintas al Distrito Federal y Estado de México que circulen portando el “PASE TURÍSTICO METROPOLITANO” vigente, otorgado por las Secretarías del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México y del Gobierno del Estado de México.
Las motocicletas.
Los vehículos automotores de servicio público de pasajeros
Los vehículos que ostentan la leyenda “transporte de productos perecederos”
Los vehículos que realicen operaciones de trasvase de gas LP al usuario final, respetando la restricción de circulación relativa al engomado color verde, holograma de verificación vehicular (1, 2, 0 y 00).
La instancia aseguró que se mantendrá la vigilancia de la calidad del aire a través del Sistema de Monitoreo Atmosférico y a las 15:00 horas o antes se realizará una nueva evaluación de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire.
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