Por: Redacción/
El Fondo Sectorial CONACYT – Secretaría de Energía – Sustentabilidad Energética debe entregar copia de los convenios de asignación de recursos firmados con quienes reciben apoyo de los Centros Mexicanos de Innovación en Energía (CEMIEs) para el desarrollo de proyectos de tecnologías, productos y servicios, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“Garantizar el derecho a saber en un caso como este permitirá evaluar si el financiamiento de los Centros Mexicanos de Innovación en Energía realmente está contribuyendo a detonar la modernización del sector energético nacional, lo cual se traduce en un ejercicio ciudadano para la rendición de cuentas”, enfatizó la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena al presentar el caso ante el Pleno.
Expuso que los CEMIEs son agrupaciones conformadas por centros de investigación públicos o privados, instituciones de educación superior, empresas y entidades gubernamentales que trabajan en conjunto proyectos dedicados al desarrollo de tecnologías, productos y servicios, que permitan al país aprovechar su potencial en las principales energías renovables.
En ese sentido, la Comisionada del INAI aseguró que la información solicitada es fundamental para determinar si las estrategias emprendidas por las autoridades gubernamentales realmente promueven el desarrollo y generación de fuentes alternativas y sustentables de energía por medio de la interacción de los actores que conforman estos Centros.
En este contexto, un particular solicitó al Fondo Sectorial CONACYT conocer los convenios firmados para la creación CEMIEs.
En respuesta, el Fondo señaló que no existen los convenios de creación referidos; sin embargo, indicó que contaba con los convenios de asignación de recursos suscritos con los sujetos de apoyo, es decir, con quienes desarrollan los proyectos impulsados por estos centros. Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, el Fondo reiteró la inexistencia de la información. En el análisis del caso, a cargo de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que la búsqueda de información realizada por el Fondo Sectorial CONACYT fue restrictiva, pues se centró en localizar los documentos literalmente como fueron referidos por el particular y, en ese sentido, manifestó la inexistencia.
No obstante, se advirtió que los convenios de asignación de recursos suscritos con los sujetos de apoyo dan respuesta a la solicitud, por lo que debió proporcionarlos.
Se concluyó que los ciudadanos no están obligados a referir de forma precisa los documentos que pudieran contener la información de su interés; en cambio, las instancias públicas sí tienen el deber de proporcionar cualquier expresión documental que obre en sus archivos y atienda los requerimientos de los particulares.
“Este Instituto, como órgano especializado, encargado de la garantía del derecho a saber, debe velar porque se entregue la información pública en apego al principio de máxima publicidad, aunque los particulares utilicen términos o denominaciones que no sean exactas”, subrayó la Comisionada Ibarra Cadena.
Por tanto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Fondo Sectorial CONACYT y le instruyó entregar copia electrónica de los convenios de asignación de recursos suscritos con los sujetos de apoyo de los CEMIEs.
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