- La Comisión de Amnistía ocupa el examen médico como única opción para determinar si una persona padece de una discapacidad, lo cual mantiene estigmas.
Por: Oscar Nogueda/
Organizaciones de la Sociedad Civil denunciaron que la Comisión de Amnistía impone criterios y requisitos racistas, así como capacitistas a los solicitantes de este beneficio, lo cual tiene impide el acceso a la justicia y violá los derechos de las personas privadas de la libertad.
“A más de un año de la Ley de Amnistía, el Estado está fallando pero , sobretodo ñ, a las personas indígenas y con discapacidad. Hasta ahora no han salido personas de este grupo, vamos a advertir cómo se le está imponiendo con documentos discriminarlos probar su identidad, lo que es contrario a sus derechos humanos”externó Fátima Gamboa de Equis Justicia.
En ese sentido, Norma Don Juan, integrante de la Coordinadora Nacional de Mujeres Indígenas (Conami), apuntó que la Comisión exige certificados de nacimiento y la carta de una autoridad indígena reconocida para constatar la identidad de las personas indígenas privadas de la libertad que solicitan la amnistía, lo cual es contrario al principio de autoadacripción y a la declaración de los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas.
“La ley de Amnistía no exige la presentación de documentación ni requisitos para acreditar la identidad. Es la comisión la que establece criterios y requisitos que no están siendo accesibles, no aplican leyes complementarias ni el principio de autoadscripción, esto es grave y demandamos que rectifique este tipo de actuaciones”, dijo Norma Don Juan.
Viridiana Valgañon de Equis Justicia para las Mujeres destacó que la dificultad de las personas indígenas privadas de la libertad para acceder a este tipo de documentación, ya que no todas las comunidades indígenas cuentan con una autoridad reconocida.
En el caso de personas con discapacidad privadas de la libertad, Víctor Lizama, miembro de Documenta AC, mencionó que la Comisión de Amnistía ocupa el examen médico como única opción para determinar si una persona padece de una discapacidad, lo cual mantiene estigmas, criterios capacitistas y es contrario a la convención sobre los derechos de personas con discapacidad.
Agregó que estos criterios no toman en cuenta a las personas con discapacidad psicosocial, catalogadas como inimputables y sin reconocimiento de su capacidad jurídica. Por ello, enfatizó que esta situación omite las barreras, discriminación estructural, ajuste de procedimiento y el debido proceso a esta población.
“Hay que cuidar en crear mecanismo que dificulten la amnistía en personas con discapacidad, no existen equipos multidisciplinarios que puedan reconocer la discapacidad. No se han llevado a cabo los beneficios de esta ley, no ha que suponer la implementación de otros mecanismos”, expresó Víctor Lizama.
Isabel Erreguerena, integrante de EQUIS Justicia, destacó que estos requisitos perpetua la violencia contra estos grupos, así como contraviene tratados internacionales y obstaculizan el acceso a la justicia de las “personas injustamente privadas de la libertad”.
Asimismo, los activistas indicaron que la Amnistía se implementó para liberar a grupos vulnerables de los centros penitenciarios para evitar contagios de Covid-19. Sin embargo, ninguna persona perteneciente a estos grupos poblacionales se han beneficiado por la Ley de Amnistía.
En cambio, subrayaron la revictimización de mujeres, personas con discapacidad, indigenas, luchadores sociales y personas en situación de pobreza privadas de la libertad. Por ello, llamaron a la Comisión de Amnistía a cambiar dichos criterios.
Por su parte, Fátima Gamboa informó que la Comisión de Amnistía catalogó como información confidencial y reserva los criterios y argumentos para resolver las solicitudes de este beneficio.
El principal motivo para la reserva de información es que equipará sus resoluciones como expedientes de investigación. A pesar de ello, estas resoluciones tienen el carácter de juicio, por lo que la ley de transparencia impone la obligación de publicar esta información y dar a conocer estatus de las peticiones.
Además, las autoridades mexicanas argumentaron que publicar esta información podría genera una falsa expectativa de que los solicitantes pudieran acceder a este beneficio, no obstante, mantener en la incertidumbre a los peticionarios impediría el protegerse de esta resolución.
“Dicen que de saberse el nombre de las personas la sociedad puede prejuzgar y dañar el principio inocencia . Sabemos que las resoluciones en su versión pública no hace identificables a las personas, por lo que están protegidas sus datos personales”, señaló Fátima Gamboa.
Las defensoras subrayaron que la Comisión está actuando de forma arbitraria e implementa un discurso político sin acciones reales.
Karen Silva Mora, investigadora de EQUIS Justicia, mencionó que el actuar de la Comisión está basado en la opacidad, ya que no existen criterios ni mecanismo dar a conocer lo que sucede en las sesiones ni existe una calendarización de las mismas.
Aunado a ello, resaltó la existencia de inconsistencias en la información sobre el número total de solicitantes de amnistía. En octubre del 2020, las autoridades federales informaron que se contaba con un total de 762 solicitudes, un mes después reportaron 622. A finales del años pasado, indicaron la recepción de más de mil peticiones, sin embargo, en marzo del 2021 dieron a conocer que el número total de solicitudes ascendía a 653.
“No hay un registro adecuado, es difícil saber de cuántas solicitudes están recibiendo, qué pasa con esas solicitudes que les faltan requisitos. No Se destinaron recursos para la implementación de la amnistía, la Secretaría técnica de la Comisión depende de la Unidad de Justicia de la Secretaría de Gobernación, no se asignó personal nuevo”, puntualizó Silva Mora.
Al mismo tiempo, las defensoras expusieron que no se cuentan con criterios claros para el análisis de las peticiones, así como no está claro los procedimientos que se deben llevar a cabo ni la participación de los distintos agentes gubernamentales.
Asimismo, no se cuenta con una traducción de la ley ni de los formatos de solicitud a lenguas indígenas, además la Comisión podrá omitir las respuestas a los solicitantes durante cuatro meses y no existe una coordinación interinstitucional.
Por lo anterior, las activistas externaron que las autoridades federales no toman en cuenta la exclusión social que enfrentan estos grupos al imponer criterios estigmatizantes y la imposición de probar su situación vulnerable.
A un año de la aprobación de la Ley de Amnistía, se cuenta 38 casos aprobados para iniciar su proceso de amnistía y 169 improcedentes. Los principales estados con más solicitantes son San Luis Potosí, Chiapas, Sinaloa, Jalisco,Nayarit, Quintana Roo, Baja California y Guanajuato.
La mayoría de las solicitudes son por delitos contra la salud. Hasta el momento, solo se tiene información de cinco personas que han sido beneficiadas por esta ley. Cabe destacar que o se cuentan con datos desagregados de los peticionarios.
Las organizaciones subrayaron que la Ley de Amnistía no ha cumplido con su objetivo, por lo que llamaron a las autoridades mexicanas a atender esta demandas, transparentar su labor y destinar recursos a la Comisión para generar un mecanismo que pueda beneficiar a aproximadamente 4 mil personas privadas de al libertad.
No Comment