• “¿Usted me está diciendo que una persona que se va a suicidar se pone guantes?”, preguntó la jueza. El testigo del Estado mexicano respondió “en su caso así fue”.

Por: Oscar Nogueda/

En la primera audiencia del caso Digna Ochoa en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH),  los jueces de la Corte cuestionaron a José  Antonio Pérez Bravo, Ministerio Público Auxiliar en la investigación de este caso, sobre la versión oficial y las irregularidades en la diligencias de este suceso.

El Juez Raúl Zaffaroni preguntó “¿Cómo se explica un suicidio con tres disparos?”. A lo que Pérez Bravo contestó que, de acuerdo a las pruebas periciales, la defensora de derechos humanos disparó  en una ocasión frente al sillón para hacer una prueba de sonido, la segunda detonación fue en su pierna y el tercero en el cráneo.

Posteriormente, el juez Sierra Porto cuestionó las irregularidades en la escena del crimen, por lo que el Ministerio Público indicó que la escena no fue cuidada, así  como fue movido el cuerpo de la activista y no existió una debida cadena de custodia de las pruebas. Sin embargo, Pérez Bravo subrayó que “esto no influyó en los resultados de la investigación”.

Ante la pregunta de la jueza Elizabeth Odio Benito  sobre los exámenes de pólvora en las manos de la defensora para determinar el uso de armas de fuego, Pérez Bravo señaló que el cuerpo de Digna Ochoa llevaba guantes de látex, por lo que los exámenes de balística salieron negativos.

“¿Usted me está diciendo que una persona que se va a suicidar se pone guantes?”, preguntó la jueza. El testigo del Estado mexicano respondió “en su caso así fue”.

“A pregunta expresa del juez vicepresidente Patricio Palmiño sobre cuál fue la conclusión de la evaluación psicológica que determinara que Digna Ochoa tuviera un trastorno mental, Pérez dijo no tener en preciso el padecimiento ni la conclusión de su condición psicológica”, apuntó

A pesar de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó la existencia de falencias en la investigación del caso, sobretodo en pruebas periciales,  no hubo cambios en el resultado de las investigaciones.

Por otro lado,  Alan Piñon González, miembro del Grupo de Acción y Justicia por los Derechos Humanos, preguntó sobre si se tomó en cuenta las denuncias por amenazas realizadas en 1991 y 1996 contra la activista, así como el secuestro que sufrió la defensora antes de su asesinato para la determinación del caso.

El testigo de las autoridades comentó que las denuncias por amenazas si fueron tomadas en cuenta, no obstante, “solo se adhirieron contextualmente, pero no fueron materia de investigación”. Asimismo, precisó  que la querella por el secuestro y tortura no fueron integradas en su investigación y negó conocer el resultado de las investigaciones sobre las amenazas recibidas.

También, Pérez Bravo apuntó que no se otorgó medidas de protección a Javier Torres Cruz y Eva Alarcón Ortiz, testigos del caso, debido a que no  evidenciaron ningún nivel de riesgo.

Por su parte, Jesús Ochoa y Plácido, hermano de la defensora,  expresó que las autoridades no realizaron ninguna investigación sobre este suceso y denunció las filtraciones de información sobre la vida privada de Digna Ochoa a los medios de comunicación, lo cual  generó que dañaran la imagen y el trabajo de la activista.

“Hizo denuncias públicas y denuncias formales ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la respuesta fue nula, prácticamente no hubo ninguna investigación al respecto”, dijo  Ochoa y Plácido.

Por lo anterior, solicitó la reapertura del caso, oportunidad para presentar nuevas pruebas, castigo a los responsables materiales e intelectuales del asesinato, así como a los responsables de la versión oficial del caso, reparación económica y reivindicación de la imagen de Digna Ochoa.

En su intervención, Erika Guevara-Rosas, directora de Amnistía Internacional para las Américas, manifestó que “Desde mediados de los 90 y hasta la fecha, Amnistía Internacional ha denunciado un grave deterioro de la situación de Derechos Humanos en el país. Entre 1995 y 2005, la tortura, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones y detenciones arbitrarias ya se habían generalizado y con frecuencia, sus autores actuaban con impunidad”.

En ese sentido, subrayó que las defensoras de derechos humanos fueron un grupo de alto riesgo sin medidas específicas para prevenir y atender la violencia contra ellas. Además, subrayó que se documentaron  varios casos de ataques y violencia contra mujeres activistas en la época de Digna Ochoa.

La directora de la organización sostuvo que las investigaciones de este caso no tomaron en cuenta los riesgos específicos  de la labor de Digna Ochoa, no contaban con una perspectiva de género ni de interseccionalidad.

Por último, externó que el Mecanismo de protección para periodistas y activistas del gobierno mexicano actúa de forma reactiva y con recursos limitados, por lo que  remarcó la necesidad  de una política pública integral para prevenir agresiones contra defensores y la implementación de mecanismo especializados de investigación.