- La CNDH recordó que el artículo cuarto constitucional establece que las atenciones médicas deben tener el objetivo de un diagnóstico temprano y brindar un tratamiento oportuno que incluya el cuidado integral para preservar la vida del paciente.
Por: Oscar Nogueda/
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) abrió una investigación por la queja de un paciente de cáncer linfático, a quien se le cancelo el tratamiento de quimioterapias en el Hospital General de la zona 110 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guadalajara, Jalisco.
“Se investiga la queja presentada por una persona que padece cáncer linfático, a quien, en diciembre de 2019, le suspendieron el tratamiento de quimioterapias en el Hospital General Zona 110 del IMSS en Guadalajara, Jalisco, bajo el argumento de que no se contaba con la totalidad de medicamentos para brindarle el servicio”, señaló la CNDH
Por tal motivo, solicitó a Patricia Puente Barrón, titular de la Unidad de Atención al Derechohabiente de esta institución, implementar medidas cautelares para la paciente, esto significa que las autoridades del IMSS deberán garantizar los medicamentos necesarios para continuar con el tratamiento oncológico.
“Esta Comisión solicitó implementar medidas cautelares para la paciente, toda vez que existe el riesgo de comprometer su estado de salud, su integridad física y su vida. Ello implica que la agraviada reciba de manera inmediata y oportuna los medicamentos que necesita para continuar con las quimioterapias prescritas y afronte su padecimiento, garantizando y salvaguardando su derecho a la salud y a la vida”, apuntó la CNDH.
La CNDH recordó que el artículo cuarto constitucional establece que las atenciones médicas deben tener el objetivo de un diagnóstico temprano y brindar un tratamiento oportuno que incluya el cuidado integral para preservar la vida del paciente.
“El artículo 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determina que las actividades de atención médica que brinda el Estado son de cuatro tipos, las preventivas, curativas, de rehabilitación y paliativas. Tales atenciones tienen por objeto efectuar un diagnóstico temprano de los problemas clínicos y establecer un tratamiento oportuno para la resolución de los mismos, tendentes a limitar el daño, corregir la invalidez física o mental, incluyendo el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales, por parte de un equipo multidisciplinario”, puntualizó la CNDH.
Las medidas cautelares fueron notificadas a las autoridades del IMSS, por lo que la Comisión Nacional está a la espera de su respuesta para dar seguimiento a la implementación y seguimiento de estas indicaciones.
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