Por: Redacción
La Comisión Permanente del Congreso turnó a las comisiones de Derechos Humanos y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados la Recomendación 23/2017 sobre casos de restricciones ilegítimas al derecho a la seguridad social, en la modalidad de protección a la maternidad, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En el documento, la Comisión Nacional de Derechos Humanos establece, que la recomendación, “sirva para la revisión de proyectos de reformas, en aras de fortalecer la protección a la maternidad en beneficio de las mujeres trabajadoras, el binomio materno infantil, así como las y los recién nacidos”.
Los casos analizados, precisa, corresponden a situaciones suscitadas durante el embarazo, parto y/o puerperio de mujeres trabajadoras, a las que no se les otorgó el periodo completo de descanso por maternidad a que tienen derecho.
Recomienda que se tomen las medidas para reparar el daño en todos los casos analizados, en términos de la Ley General de Víctimas, con motivo de la responsabilidad en que incurrieron las autoridades, derivada de la violación a los derechos humanos.
Se deberá contemplar el pago del subsidio económico y el otorgamiento del descanso, con el que se garantice su derecho a 84 días de incapacidad por maternidad, así como valorar que se otorguen 14 días adicionales en los casos específicos y se envíe a la Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.
Sugiere se presenten los estudios de proyectos de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, a fin de que la Ley del Seguro Social y el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS se encuentren armonizados con los estándares de derechos humanos aplicables en materia de protección a la maternidad.
Es decir, los reconocidos por la Constitución, Tratados Internacionales y la Ley Federal del Trabajo, en observancia del Artículo Tercero Transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Trabajo (LFT), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.
Asimismo, recomienda modificar las disposiciones normativas internas aplicables en el IMSS para cumplir con los estándares de derechos humanos en materia de protección a la maternidad, de forma que se respete a todas las mujeres embarazadas, y en especial a las que presenten nacimientos con producto pretérmino, el periodo completo de descanso por maternidad correspondiente a 12 semanas, incluso, valorar su ampliación en los casos previstos por el artículo 170 de la LFT.
Por otra parte, recomienda la capacitación a los Jefes de Prestaciones Médicas, Jefes de Prestaciones Económicas, Directores de Unidades de Medicina Familiar, Personal encargado de Atención a Quejas y Orientación al Derechohabiente, así como al Personal del Área de Atención a Quejas en materia de Derechos Humanos, en temas de educación y formación sobre derechos humanos que incluya los principios de interés superior de la niñez, de igualdad y no discriminación, y de interpretación conforme y pro persona.
Desarrollar una campaña de difusión y capacitación tendente a garantizar que en las Unidades de Medicina Familiar y Hospitales de Alta Especialidad con atención Gineco-obstétrica, se proporcione información oportuna, clara y precisa a las madres trabajadoras, respecto del derecho a contar con el periodo de descanso por maternidad de 12 semanas; e incluso, con la posibilidad de transferir semanas y valorar ampliarlo en los casos previstos por el artículo 170 de la LFT.
Así como colaborar en la presentación y seguimiento de la queja que la CNDH formule ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, para que inicie la investigación correspondiente contra las autoridades responsables y demás servidores públicos que intervinieron en los hechos que consignan esta recomendación.
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