• La queja, presentada por los familiares de Aburto Martínez ante la CNDH, señala que las autoridades penitenciarias no han brindado atención médica  ni la alimentación necesaria para atender  el problema de salud del agraviado.

Por: Oscar Nogueda/

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) inició el procedimiento de queja por presuntos actos de obstaculización, restricción o negación del derecho a la salud y por presuntos actos de tortura en agravio de Mario Aburto Martínez, quien se encuentra privado de su libertad en el Centro Federal de Readaptación Social N° 12  de Guanajuato.

La queja, presentada por los familiares de Aburto Martínez ante la CNDH, señala que las autoridades penitenciarias no han brindado atención médica  ni la alimentación necesaria para atender  el problema crónico de salud del agraviado. Asimismo, sostuvieron que,  desde 1994, Aburto Martínez ha sido víctima de tortura y tratos crueles e inhumanos.

“Este Organismo Constitucional Autónomo se entrevistó con la persona agraviada, quien ratificó lo anterior y expresó, de viva voz, que además es víctima de discriminación, pues se le obstaculiza el acceso y ejercicio de todos sus derechos por la causa que originó la privación de su libertad, por lo que hizo la petición de la reapertura de su caso, toda vez que considera necesario que se le dé a conocer toda la verdad del mismo a la sociedad”, mencionó la CNDH.

Por lo anterior, la Comisión emitió las medidas cautelares a favor de Aburto Martínez e informó que iniciará las investigaciones correspondientes, con el objetivo de proteger la integridad de la víctima.

Aunado a ello, la CNDH emprenderá acciones para que sea revisado el Caso Colosio conforme a las declaraciones y nuevas evidencias aportadas por el acusado.  Este organismo enfatizó que abordará este caso con la seriedad necesaria, ya que implica una revisión de la actuación de la Comisión.

“Este Organismo hará la investigación correspondiente y le dará seguimiento puntual, a fin de exigir a las autoridades penitenciarias para que se responsabilicen garantizando y protegiendo la integridad del señor Aburto Martínez, con independencia de la causa que originó su internamiento, conforme a lo establecido en los artículos 1 y 5 del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y en las Reglas 1 y 24.1 de las Reglas  Mandela”, mencionó la CNDH.