Por: Redacción
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 66/2016, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Andoni Arriola Peñalosa, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, que derivaron en la muerte de una mujer de 39 años, como consecuencia de negligencia e inadecuada atención médica atribuibles a un médico del Hospital General de Zona No.11 del IMSS en Nuevo Laredo, Tamaulipas.
El 12 de septiembre de 2013, la víctima fue llevada por su esposo a Urgencias del Hospital General, porque padecía una alergia, sin saber el tipo de la misma. La paciente fue atendida por un médico, a quien le indicó que en otras ocasiones había presentado el mismo problema, por lo que había sido necesario suministrarle oxígeno.
En palabras del esposo, el médico le indicó a la mujer que tenía una infección cualquiera, que no era de urgencia; media hora después la paciente presentó problemas para respirar y perdió el conocimiento, por lo que fue necesario entubarla y colocarle un ventilador artificial.
También indicó el quejoso que, la agraviada presentó neumonía y daño cerebral, que permaneció cuatro días en Urgencias y el 15 de septiembre de ese año fue remitida al Servicio de Terapia Intensiva. Diez días después, otro médico de dicho hospital comentó a un familiar de la paciente que el estado de salud de ésta se complicó en la madrugada, dada la falta de oxigenación, y que falleció debido a un problema en el corazón.
El 25 de septiembre, el esposo de la víctima presentó queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que lo remitió por razón de competencia a la CNDH, donde el 9 de octubre de 2013 se inició el expediente CNDH/5/2013/7039/Q.
Tras su investigación, la CNDH acreditó que la atención médica proporcionada a la víctima desde su ingreso al Servicio de Urgencias fue inadecuada y negligente, ya que el médico omitió realizar una exploración física y auscultación minuciosa de tórax, y emitió un diagnóstico inadecuado y tratamiento incompleto, que ocasionó el deterioro de la salud de la mujer y derivó en su fallecimiento.
Por lo anterior, la CNDH recomendó al Director General del IMSS instruir que en términos de la Ley General de Víctimas se reparen los daños ocasionados a la víctima y su familia; se otorgue a los familiares atención psicológica y tanatológica; colaborar en las investigaciones derivadas de la denuncia que presente este Organismo Nacional en la Procuraduría General de la República y en la queja que presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS.
Además, diseñar e impartir en el Hospital General un curso integral de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas en materia de salud, para que los servidores públicos cuenten con los elementos técnicos y científicos y desempeñen sus funciones de manera correcta y efectiva; emitir una circular para que el personal médico de dicho hospital entregue copia de la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas, para que acredite actualización, experiencia y conocimientos suficientes; inscribir al esposo e hijos de la fallecida en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas.
No Comment