Por: Redacción
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 19/2016, dirigida al Gobernador de Tamaulipas, Egidio Torre Cantú, por violaciones al derecho de acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia, y a la libertad de expresión, en agravio de un periodista de la entidad, atribuibles a servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad estatales.
El 28 de julio de 2014, el agraviado, reportero de la fuente policial, acudió a las instalaciones donde opera la Policía Estatal, dependiente de la Secretaría de Seguridad de la entidad, con sede en Reynosa, Tamaulipas, pero el personal no le permitió el acceso. Al ver un importante movimiento, debido al ingreso al inmueble de un convoy de 5 vehículos policiales y un camión que no contaba con distintivos de la corporación, tomó fotografías de tales sucesos desde el exterior del edificio.
Los policías lo confrontaron, preguntándole por qué tomaba fotografías de los vehículos, a lo que respondió que era su trabajo como periodista y se identificó como tal; no obstante, según su dicho, los uniformados lo insultaron y golpearon, quitándole su cámara fotográfica y teléfono celular. De inmediato fue esposado e ingresado a las instalaciones de la corporación, donde lo presentaron ante un jefe de la misma, quien también lo cuestionó por tomar fotografías.
Posteriormente fue puesto a disposición del Agente del Ministerio Público, y recluido en las celdas de la policía preventiva municipal, donde cinco horas después se le permitió hablar con su defensor y su esposa, quienes le informaron que el motivo de su detención era la presunta comisión del delito de golpes y violencia física simple y por delitos cometidos contra servidores públicos, habiéndose iniciado la averiguación previa.
De la evidencia recabada durante la investigación que motivó la recomendación de mérito, esta Comisión Nacional ve materializada la violación del derecho humano a la libertad de expresión, pues la autoridad no justificó el motivo para que los agentes de la policía abordaran y cuestionaran al reportero que tomaba fotografías en la vía pública, circunstancia que permite señalar a este Organismo Nacional que no se trató solamente de hacerle una pregunta, sino de evitar que siguiera tomando más impresiones fotográficas del evento que se desarrollaba en las instalaciones de la corporación policial, situación que es contraria al derecho a la libertad de expresión pues se impidió la actividad que realizaba el periodista de allegarse y difundir información a la sociedad.
De igual forma, se acreditó violación al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, ya que el agente del Ministerio Público encargado de la investigación y persecución del delito atribuido al aludido reportero, no actuó con la debida diligencia, al no garantizar plenamente sus derechos como imputado previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y omitió realizar las acciones pertinentes para la adecuada integración de la indagatoria. De lo expuesto, esta CNDH advierte que los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal utilizaron como medio indirecto contra la libertad de expresión la criminalización del reportero para que el mismo se viera involucrado en los hechos que le imputaron y así dejara de documentar los eventos que ocurrían en las instalaciones de la corporación policial el día de su detención, situación que aún no queda determinada jurídicamente considerando que en la causa penal iniciada al respecto no ha sido resuelta por el Juzgado competente.
Por ello, la CNDH pide a la autoridad estatal implementar lineamientos y acciones para que los servidores públicos del Ejecutivo Estatal respeten el trabajo que llevan a cabo los periodistas, comunicadores y medios de información en el Estado, brindando en todo momento las garantías para el ejercicio libre de su actividad y de sus derechos fundamentales.
También le solicita tomar las medidas procedentes para que se repare el daño causado al agraviado; impartir cursos sobre capacitación y formación en materia de protección a los periodistas que aborden la importancia de la libertad de expresión y los derechos humanos; así como colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de las denuncias que formule ante los órganos correspondientes contra los servidores públicos involucrados.
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