• La CNDH llamó al INM a localizar a las víctimas, con el objetivo de reparar el daño. Esta reparación debe incluir una compensación, atención médica y psicológica.

Por: Oscar Nogueda/

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 80/2021 al Instituto Nacional de Migración (INM) por la deportación de tres migrantes de nacionalidad haitiana sin tomar en cuenta que eran solicitantes de asilo.

De acuerdo con una queja interpuesta por Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, el 21 de julio de 2019, personal de migración detuvo a una familia migrante en la carretera Ciudad Hidalgo-Tapachula, Chiapas para ser trasladados a la Estación Migratoria Siglo XXI.

Al llegar al centro de detención, solicitaron la condición de refugiado, por lo que , el 16 de agosto de ese año , se acordó su salida de la Estación migratoria.

A pesar de ello, el 8 de enero del 2020, integrantes del INM fueron detenidos, ya que la constancia de la solicitud de la condición de refugiado había vencido. Por ello, fueron trasladados a la Estación migratoria de Acayucan, Veracruz, posteriormente , fueron llevados a la Estación Siglo XXI para ser devueltos a su país de origen.

La Comisión Nacional constató que las autoridades migratorias no evaluaron de manera correcta y oportuna la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado, así como el riesgo que sufrían las personas en contexto de movilidad. Cabe destacar que no se respetaron las garantías mínimas para el acceso a un debido proceso.

“Sin bien es cierto que en este caso los servidores públicos del INM asignaron un traductor en idioma inglés a las personas afectadas, la Ley de Migración establece la obligación de proporcionarles un intérprete que tenga conocimiento de su lengua, es decir el francés, por lo que no existe certeza de que hubieran comprendido el procedimiento que les fue instaurado, ni comunicar adecuadamente sus necesidades”, apuntó la CNDH.

Igualmente, el INM dio aviso al Consulado de Haití en México sobre la detención de la familia y de su retorno, pese a que el procedimiento de la condición de refugiado se encontraba en resolución. Aunado a ello, omitieron dar aviso a Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes para que atendiera la necesidades del menor de edad.

Por lo anterior, la CNDH llamó al INM a localizar a las víctimas, con el objetivo de reparar el daño. Esta reparación debe incluir una compensación, atención médica y psicológica.

“Deberá celebrar un convenio o acuerdo con organismos internacionales e instituciones públicas o privadas nacionales para garantizar la intervención de traductores o intérpretes para las personas en contexto de migración de origen haitiano que estén sujetas a un procedimiento administrativo migratorio”, finalizó la CNDH.