Por: Redacción/
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal un proyecto de obra civil dentro de un ecosistema costero colindante a una zona de manglar, en el Estero de Urías, en la ciudad y municipio de Mazatlán, Sinaloa.
Personal de PROFEPA en la entidad, en atención a una denuncia ciudadana, realizó visita de inspección al sitio, localizado en la Carretera Internacional s/n, Colonia Urías -zona considerada como Ecosistema Costero-, donde se encontró que la superficie total del proyecto sería de 744 metros cuadrados.
Los inspectores encontraron que en el sitio se realizó un relleno aproximado de 266 metros cúbicos, sobre un área de 222 metros cuadrados de la superficie total del sitio inspeccionado.
Para el relleno se utilizó material de desecho (escombro y basura); material que fue depositado sobre otro relleno que anteriormente ya existía, lo cual se constató por las mismas características observadas del suelo, el cual correspondía a material de balastre.
Asimismo, paralelo a un canal de desagüe, se encontró construida una barda de block, varilla y cemento con dimensiones de 31 metros de largo por 1.50 metros de altura, la cual tiene la función de contener la expansión del material de relleno.
De igual forma, se detectó una base de concreto armado de 1.5 metros de ancho, 1.5 metros de largo y una altura promedio de 1.60 metros, y un poste de concreto colocado a nivel de barda, que se presume sería utilizado para la introducción de energía eléctrica.
La construcción de obras y el relleno ocurrió dentro de un ecosistema costero donde ingresan aguas marinas de manera directa que provienen del Estero de Urías, por lo cual se observó que dentro de este ecosistema se encuentra una población de manglar representado por mangle negro o cenizo (Avicennia germinans) y mangle blanco (Laguncularia racemosa); al momento de la inspección, no se encontró una afectación directa o remoción en perjuicio de la vegetación de manglar.
No obstante lo anterior, las obras y el relleno se realizaron sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental que para tal efecto emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
De continuar el relleno, el ecosistema costero podría verse afectado por la erosión y, como consecuencia, perdería su función hídrica derivado de las obras antes descritas, por lo cual se considera que hay un riesgo inminente de desequilibrio ecológico, al ocasionarse la interrupción de los ciclos de los factores bióticos y abióticos del ecosistema costero; además, dichas obras reducen el libre desplazamiento de las aguas pluviales que se conducen hacia el sitio inspeccionado, ya que también funciona como vaso o cuerpo de agua regulador.
Derivado de lo anterior, y en virtud que las obras y actividades no se sometieron previamente a una evaluación en materia de impacto ambiental, la SEMARNAT no tuvo oportunidad de valorar los impactos ambientales negativos que generarían en las etapas de preparación de sitio y construcción y, por consiguiente, de determinar las medidas de prevención y mitigación tendientes a evitar o minimizar dichos impactos.
Por tal motivo, la PROFEPA determinó ejecutar como medida de seguridad, y con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la clausura total temporal de las obras y actividades en el sitio inspeccionado; por lo que se colocaron dos sellos de clausura.
La PROFEPA instaurará un procedimiento administrativo e impondrá las medidas correctivas que procedan y, en su caso, las medidas a adoptar para garantizar la compensación o reparación de los daños ambientales ocasionados.
Con estas acciones, la PROFEPA cumple con la política ambiental de implementar acciones de inspección, con el fin de evitar se cause algún daño adverso o irreversible a los ecosistemas costeros.
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