- La Ombudsperson capitalina sostuvo que el derecho al nivel más alto de salud posible, es un pilar para lograr la reinserción social de las personas privadas de libertad y debe ser garantizado por las autoridades responsables.
Por: Redacción/
Las violaciones al derecho al nivel más alto de salud en los centros penitenciarios de la Ciudad de México se dan por la mala práctica médica, falta de atención especializada y material, así como personal o medicamentos adecuados para la atención de la enfermedad en las Unidades Médicas de estos espacios.
Así lo destacó la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, al presentar la Recomendación 11/2021, sobre la omisión de garantizar el más alto nivel de salud a personas privadas de libertad en centros de reclusión capitalinos.
Explicó que este instrumento recomendatorio acreditó las violaciones a 14 víctimas directas (a 12 les fue violado el derecho a la vida y tan sólo dos son sobrevivientes) y se identificó a 19 víctimas indirectas.
La Ombudsperson capitalina sostuvo que el derecho al nivel más alto de salud posible, es un pilar para lograr la reinserción social de las personas privadas de libertad y debe ser garantizado por las autoridades responsables.
Indicó que la Constitución Política de la Ciudad de México es clara en establecer que las personas privadas de su libertad son un grupo de atención prioritaria que han padecido una discriminación histórica y estructural, por lo que las autoridades deben de llevar a cabo las acciones correspondientes para nivelar el acceso a sus derechos.
La CDHCM, dijo, reconoce el trabajo que el personal médico, de trabajo social, y administrativo realizan en las unidades médicas del sistema penitenciario y en los hospitales de la Ciudad de México a pesar de los obstáculos y limitaciones.
Sin embargo, subrayó, dirige la Recomendación 11/2021 a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, institución encargada de proveerles condiciones mínimas para satisfacer la disponibilidad del servicio, su accesibilidad y la calidad del mismo, con miras a consolidar la aceptabilidad en cuanto a la pertinencia de género y cultural de los mismos.
Por ese motivo llamó a la autoridad responsable a realizar las modificaciones necesarias para responder, en todo momento con la debida diligencia y cuidados, sin discriminación o prejuicios hacia personas privadas de libertad, para conseguir los fines de la atención médica, mejorar la salud de las personas y preservar su vida y su integridad.
Entre los puntos recomendatorios expuso la inscripción de las víctimas directas e indirectas en el Registro de Víctimas de la Ciudad de México para que se generen los planes de reparación integral; gestión de atención médica y psicológica de las víctimas, desde un enfoque interseccional y diferenciado.
También recomendó informar y documentar los procedimientos administrativos o penales que se hubieren iniciado en contra de personas servidoras públicas de la Secretaría de Salud, por los hechos documentados en el presente instrumento, así como el estado que guardan, entre otros.
En tanto, el Segundo Visitador General de la CDHCM, Iván García Gárate, explicó el proceso de investigación y acreditación de las violaciones a derechos humanos. Indicó que se realizaron más de 320 acciones: 60 solicitudes de medidas precautorias, 57 solicitudes de información, 20 solicitudes de colaboración y 14 solicitudes de dictamen médico; además múltiples gestiones y diálogo con autoridades, personas del sistema penitenciario, victimas directas e indirectas y otras actividades, que constan en alrededor de 175 actas circunstanciadas.
Apuntó que en la Recomendación se pudo distinguir lo relacionado con padecimientos crónico-degenerativos como diabetes mellitus, hipertensión arterial, cardiacos, eventos cerebro-vasculares y procesos tumorales; también enfermedades comunes en centros penitenciarios como tuberculosis, hepatitis C, mala administración de medicamentos y un problema intestinal.
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