Por: Redacción/

En México, cada entidad federativa disfruta de autonomía para regular sus propias medidas de mitigación del contagios del COVID-19 y en algunos casos se han quebrantado principios clave de la libertad ciudadana, alertó el doctor Ramiro Bautista Rosas, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

“Si se es estricto en las formalidades jurídicas se vulneran las garantías constitucionales de manera variada, por ejemplo, el derecho al libre tránsito, la reunión o la protesta, pero existe una justificación y causa suficiente para ejercer dichas disposiciones, además de que cada estado las sistematiza según las circunstancias”.

El gobierno federal ha manejado esta situación “más política que jurídicamente” y, acorde con la línea de aplicar la tolerancia, ha procurado el convencimiento, la conciliación, la negociación y la comprensión, lo que explicaría la actuación independiente de cada entidad.

El artículo 29 de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos establece procedimientos claros para ejercer una condición de control rígido en la que pueden suspenderse o restringirse garantías individuales por tres causales: invasión; perturbación grave de la paz pública, incluidos golpes de Estado o motines, y por cualquier otro motivo que ponga en peligro severo a la sociedad.

“La decisión sólo puede estar a cargo del presidente de la República y el Congreso, y otorga al primer mandatario facultades extraordinarias en las que se convierte a la vez en legislador, por medio de decretos que adquieren carácter de ley, pudiendo hacer uso de todos los aparatos de fuerza del Estado para estos fines”.

Sin embargo, el especialista en teoría constitucional consideró imposible esperar una acción así por parte de este régimen, que promueve una política de no utilización de la fuerza que remita a circunstancias difíciles enfrentadas por los mexicanos en sexenios anteriores, “lo cual quizá ha propiciado que en algunos lugares se abuse.

“El asunto es complicado y tendrían que evaluarse las medidas, caso por caso, porque el país presenta mucha variedad: hay entidades donde el número de contagios es mayor –Ciudad de México y los estados de México, Baja California o Quintana Roo– zonas con la situación más controlada e incluso municipios sin un solo infectado, por lo tanto, algunos están siendo más drásticos y se van más allá de la línea predominante”.

Ciertas disposiciones “restringen derechos, pero tienen un efecto social positivo en la vigilancia de la epidemia, que de no ser así alcanzaría tintes más graves” y tal es la doble cara de la cuestión que hace un tema complejo de analizar.

En Yucatán, el anuncio de multa y cárcel para personas con síntomas o ya diagnosticadas con COVID-19 que no acaten las acciones de aislamiento, las sanciones penales y administrativas son justificadas, al poner en riesgo a la población.

En ciertos sitios las circunstancias han ameritado medidas radicales, que se suman a las de distanciamiento social y suspensión de actividades no esenciales establecidas por las autoridades federales, subrayó el académico del Departamento de Derecho en la Unidad Azcapotzalco.

“En prácticas concretas de control del COVID-19 han sido gobernadores y presidencias municipales los encargados y en lo que sí se actúa de manera conjunta es en el apoyo brindado por el ejército, la armada, la Guardia Nacional y la policía federal, entre otras instituciones del Estado.

“En unas semanas nos daremos cuenta de los resultados de las acciones que se han tomado, aun cuando no hemos llegado a la curva más elevada, pero se ha visto incremento en las cifras de enfermos y fallecimientos, no tan severo, hasta cierto punto, como en otros países; veremos qué sucede, mientras tanto parece que los acuerdos entre los diversos actores están siendo convenientes”, concluyó el investigador de la Casa abierta el tiempo.