Por: Redacción/
Con el propósito de eliminar los alegatos de oídas e impulsar un sistema de procuración de justicia que garantice imparcialidad a los ciudadanos y evitar manejos irregulares que generen sentencias a modo de una de las partes, el senador Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, presentó una iniciativa.
La propuesta del coordinador del Grupo Parlamentario de Morena busca eliminar esta práctica, la cual consiste en una entrevista privada entre litigantes y jueces para alegar sobre el asunto que se ventila en un juicio, sin que la parte contraria tenga conocimiento de ello.
La iniciativa tiene dos propósitos fundamentales: erradicar las reuniones en privado con el juzgador, en perjuicio de la igualdad procesal de las partes y; desarrollar en un contexto de transparencia e imparcialidad, mediante una audiencia pública, la entrevista conjunta de las partes con los órganos jurisdiccionales, para evitar que se den fuera del proceso y sin ningún control.
La exposición de motivos detalla que la Constitución prohíbe este ejercicio en los juicios del orden penal que se llevan de acuerdo con el sistema acusatorio, sin embargo, dicha restricción no es aplicable a otras materias, por lo que, al incorporarla en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, irradiará sus efectos en los distintos espacios de la actividad jurisdiccional del ámbito federal.
El texto plantea establecer en el artículo 131 de dicha ley, como causa de responsabilidad para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, reunirse en privado con litigantes o sus abogados sin que la parte contraria se encuentre presente.
Otro de los objetivos de la iniciativa es contribuir a la transparencia e imparcialidad de los procesos judiciales en nuestro país, a su mejor desarrollo y consecución en un contexto de igualdad para la población que tiene que acudir a pedir justicia a los tribunales.
La iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnada directamente a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.
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