Por: Redacción/
Por unanimidad, los senadores integrantes de las comisiones unidas de Justicia, de Gobernación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron el dictamen por el que se expide la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y por el que se reforman diversas disposiciones legales en la materia.
El propósito de la Ley es reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida; así como brindar certeza jurídica a la representación de sus intereses y derechos, otorgar las medidas apropiadas para asegurar protección amplia a los familiares, y establecer el procedimiento federal para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia y sus efectos.
El dictamen también reforma la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; Ley de Seguridad Social; Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; Ley de Instituciones de Crédito; y Ley Agraria.
Las reformas a estos ordenamientos establecen como obligación a los patrones otorgar permiso de goce de sueldo a las y los trabajadores declarados en ausencia en los términos de lo previsto en esta Ley.
Además, prohíbe a los patrones o a sus representantes despedir a un trabajador que tenga la calidad de ausente a causa de la posible comisión de un delito, cuando exista una investigación penal por la desaparición, realizada por la autoridad competente, entre otros.
Prevé que cuando el trabajador sea declarado ausente en términos de la Ley expedida, los beneficiarios conservaran el derecho a recibir la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria; y dispone que los recursos de su cuenta individual serán puestos a disposición de sus beneficiarios en los términos de la resolución que se haya emitido para ese fin.
El senador Raúl Pozos Lanz, presidente de la Comisión de Gobernación, comentó que las desapariciones forzadas afectan los valores más profundos de la sociedad, minimizan los derechos humanos y las libertades fundamentales plasmadas en la Constitución. Su práctica representa un crimen de lesa humanidad que se ha convertido en un problema a nivel mundial.
Dijo que en México se ha visto un incremento exponencial de estas conductas en las dos últimas décadas, lo que ha generado incertidumbre entre la población. En este sentido, agregó que se ha observado que la familia se ve sometida a la incertidumbre de no saber a dónde está su familiar y además muchas familias quedan en un estado de indefensión social y económica y, por ello, la importancia de la nueva Ley.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña, dijo que la ley cumple con el mandato del transitorio 9º de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y destacó que se contó con la participaron de familiares de personas desaparecidas para concretar el mandato.
Resaltó que se materializa el principio de presunción de vida, al dar continuidad a la personalidad jurídica de la persona desaparecida. La Ley establece que el delito no prescribe y la búsqueda es permanente y continua; y se garantiza que familiares de personas desaparecidas con una Declaración de Ausencia o de Presunción de Muerte, puedan cambiarla a una Declaración Especial de Ausencia.
El senador Héctor Flores Ávalos, presidente de la Comisión de Justicia, precisó que se trata de una iniciativa que busca integrar la parte de un Sistema al que se ha abocado el país a partir del tema de la búsqueda de personas, mediante el fortalecimiento del procedimiento y para hacerlo más expedito.
El Congreso, agregó, tiene que hacer un trabajo muy responsable para poder dar a la autoridad y a particulares un marco jurídico adecuado a las necesidades que vivimos. Dijo que es el inicio de una discusión importante y es también un esfuerzo inacabado, que deberá ser calibrado con el tiempo en la medida que el Sistema funcione.
La senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo, secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, señaló que no se trata de una legislación cualquiera, pues se está hablando de un número de desaparecidos que aún no se conoce, y afirmó que esta Ley especial cierra un círculo muy importante en una violación de los derechos humanos.
El senador Manuel Cárdenas Fonseca, sin Grupo Parlamentario, expuso que esta legislación debió haberse presentado desde hace muchos años, inclusive desde antes de 1968, pero desafortunadamente los tres órdenes de gobierno pareciera que hubieran esperado a que el número fuera tal para poder corresponder, inclusive a las exigencias del orden internacional y a las cuales México ya estaba comprometido desde hace tiempo.
Aprueban el procedimiento para designar a los consejeros del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
En otra reunión de trabajo, las comisiones unidas de Gobernación, de Derechos Humanos y de Justicia aprobaron por unanimidad el dictamen relativo al procedimiento de designación de las y los consejeros del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
El Consejo Nacional Ciudadano es un órgano de consulta del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que estará integrado por cinco familiares; cuatro especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas o en la investigación y persecución de los delitos previstos en dicha Ley, de los cuales se garantizará que uno sea especialista en materia forense; y por cuatro representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil de Derechos Humanos.
En este sentido, el dictamen establece que los cinco familiares designados son: Francisco Olvera Acevedo, Grace Mahogaly Fernández Morán; Mirna Nereida Medina Quiñonez; Margarita Quevedo Orozco, y Edna Dolores Rosas Huerta.
Los cuatro especialistas con que contará el Consejo son: Denise González Núñez, Santiago Corcuera Cabezut, Volga Pilar de Pina Ravest, y Mercedes C. Doretti.
Y los representantes de organizaciones de la Sociedad Civil de Derechos Humanos son: Humberto Francisco Guerrero Morales, Juan Martín Pérez García, Consuelo Gloria Morales Elizondo y Norma Patricia Quintero Serrano.
La duración de su función será de tres años sin posibilidad de reelección y no deberán desempeñar ningún cargo como servidor público.
El senador Héctor Flores Ávalos, del PAN, precisó que los perfiles cumplen a cabalidad lo establecido en la Ley y se espera redunde en beneficio y la tranquilidad de los familiares de las personas desparecidas.
La senadora Angélica de la Peña, del PRD, señaló que los nombramientos se dan en tiempo y forma, y reconoció que la presencia de familiares será trascendental para las autoridades encargadas de aplicar la ley, porque se tomará en cuenta su voz y experiencia.
Además participaron las senadoras María del Rosario Guzmán Avilés, del PAN y María del Carmen Izaguirre Francos, del PRI.
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