Por: Redacción/
Pasajeros de transporte aéreo continúan sin tener conocimiento de las nuevas disposiciones emitidas en la Ley de Aviación Civil y en la Federal de Protección al Consumidor, sobre derechos y obligaciones de pasajeros y permisionarios del transporte aéreo; reclamos aumentaron y propiciaron multas por 22.4 millones de pesos a 5 aerolíneas por cobros indebidos, sostuvo el diputado Jesús Rafael Méndez Salas (NA).
El legislador afirmó que algunos usuarios del transporte aéreo tienen incertidumbre de que no les sean válidos estos nuevos derechos ante las líneas aéreas comerciales, ya que ni los propios prestadores de este servicio público han sido capacitados en cuanto a nuevos derechos de los pasajeros.
Esta problemática cobra relevancia cuando nos encontramos en el periodo vacacional más largo del año y, a pesar de ello, la implementación de las modificaciones a las normas no se han dado a cabalidad.
El diputado por Nueva Alianza impulsa un punto de acuerdo para exhortar al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Rafael Ochoa Morales, a que incremente las medidas de vigilancia y sancionar a concesionarios o permisionarios de servicios públicos de transportación aérea que no cumplan las obligaciones establecidas en la Ley de Aviación Civil.
Lo anterior, enfatizó el diputado federal, aseguraría un servicio de calidad y eficiente para los pasajeros.
El exhorto que se envió a la Tercera Comisión de la Permanente, solicita al titular de Profeco redoblar esfuerzos para difundir los derechos de los pasajeros contenidos en la norma citada, con el objetivo de garantizar su pleno goce durante el presente periodo vacacional y de manera permanente en las terminales áreas del país.
Asimismo, orientar a los usuarios para que manifiesten su inconformidad por la prestación del servicio contratado con las aerolíneas.
Méndez Salas explicó que las reformas de ley, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 26 de junio, tienen el propósito de brindar certeza jurídica a los pasajeros contratantes de un servicio, e inducir mayor calidad en su prestación.
Lo anterior, en razón del descontento y múltiples quejas por parte de usuarios de aerolíneas comerciales, que tan sólo en 2016 ascendieron a 2 mil 248 ante la Profeco, y en los primeros dos meses de 2017 sumaron 505.
Un ejemplo reciente, afirmó, fue el vuelo 2606 de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas a la Ciudad de México, que dejó varados por 13 horas a 84 pasajeros. A la fecha, la Profeco continúa investigando el caso, cuando es claro el incumplimiento estipulado en la Ley Federal de Protección al Consumidor, artículo 65 Ter, que establece la publicación de las causas o razones por las que los vuelos se demoren.
El sexto transitorio de la Ley de Aviación Civil obliga a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) a establecer un “mecanismo público, eficaz y expedito y, en caso de que la salida de un vuelo se retrase o cancele, permita al pasajero conocer las causas y determine si es responsable de ellas el concesionario o permisionario”.
Estas reformas, subrayó, señalan el derecho del usuario a un trato digno y a contar con un alto nivel de información, que le permita conocer sus opciones y tomar alternativas en caso de requerirlas, así como la obligación de los concesionarios y de la SCT a informar de manera rápida y expedita en caso de que se produzcan cambios en su itinerario o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado.
Por lo anterior, agregó, “estamos interesados en velar por los derechos de los pasajeros de los servicios de transporte aéreo, en un contexto de renovación a la certidumbre jurídica proporcionada por las recientes reformas en la materia, a fin de propiciar prácticas comerciales transparentes, apegadas a derecho, de calidad y con plena satisfacción de las partes”.
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