Por: Redacción/
Por unanimidad de votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción para resolver en definitiva la revisión de un amparo que impugna la constitucionalidad de las foto-multas, previstas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
La Sala consideró que el caso, derivado del amparo que promovió un particular en contra de la imposición de 11 foto-multas, reúne los requisitos de interés y trascendencia para ser resuelto por el Alto Tribunal.
En su demanda inicial, el quejoso consideró que las boletas de infracción emitidas con base en el sistema de foto-multas, violan la garantía de seguridad jurídica, tutelada por el artículo 16 constitucional, al no haber sido expedidas por autoridad competente y carecer de fundamento legal, por no estar previstas en la Ley de Movilidad del Distrito Federal, ni en el Reglamento de Tránsito correspondiente.
El Juez de Distrito, resolvió que existió una violación grave y manifiesta al derecho de audiencia, que dejó sin defensa al afectado, pero el quejoso interpuso recurso de revisión, por considerar que el juzgador evitó pronunciarse sobre el tema medular de su demanda, esto es, la inconstitucionalidad de las foto-multas.
El Tribunal Colegiado al que correspondió conocer del recurso de revisión, solicitó a la SCJN ejercer su facultad de atracción para resolver en definitiva el asunto.
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