Por: Redacción
La Comisión de Igualdad de Género, que preside la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), aprobó diversas reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de establecer el marco legal bajo el cual operarán los refugios para mujeres agredidas o violentadas y que, en muchas ocasiones junto a sus hijos, buscan un hogar temporal.
Establece que será obligación del Estado promover la alternativa de vivienda provisional para las víctimas y, en su caso, a sus hijas e hijos, así como promover opciones en materia laboral para las víctimas residentes a fin de que puedan conservar su empleo.
Precisa que corresponde a la Secretaría de Gobernación (Segob) impulsar la creación de refugios para las víctimas, conforme al modelo de atención aprobado; por su parte, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) brindará información para el acceso a programas sociales y de proyectos productivos a las residentes de los refugios.
Señala que la Secretaría de Educación Pública promoverá, en coordinación con las autoridades educativas de las entidades federativas, la atención de las víctimas y sus hijas e hijos residentes de estos sitios para que concluyan la educación básica y media superior, así como diseñar y difundir materiales educativos que promuevan el respeto a los derechos humanos, la igualdad y la no discriminación, la perspectiva de género, la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
Puntualiza que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social llevará a cabo programas de capacitación laboral, además que dotará de la información y apoyo para inscribirse en la bolsa de trabajo del Servicio Nacional de Empleo.
Además, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano brindará información para facilitar el acceso a programas sociales a las residentes de los refugios.
Destaca que será trabajo de los refugios proporcionar atención integral a las víctimas y a sus hijas e hijos, coadyuvar en el resguardo y seguridad de las personas que se encuentren dentro de los mismos, dotar a las víctimas de los servicios necesarios para su recuperación física y psicológica, además de promover su reinserción plena en la vida pública, social y privada.
Además vincularán a las víctimas con las dependencias encargadas de prestar asesoría jurídica gratuita, y brindarán información y orientación a las víctimas sobre las opciones que tienen, para que tomen libremente decisiones sobre su proyecto de vida.
Enfatiza que los refugios son espacios seguros y confidenciales en donde se ofrecen servicios gratuitos de protección y atención integral especializada a las víctimas y, en su caso, a sus hijas e hijos, a fin de salvaguardar su integridad física y psicológica. La ubicación de los refugios y los datos de las personas residentes serán privados y no podrán proporcionarse a ninguna persona salvo mandato judicial.
Aclara que la permanencia de las víctimas en estos centros no podrá ser mayor a tres meses, a excepción de que persista la situación de riesgo que motivó su ingreso al refugio, su situación física o psicológica así lo demande o se encuentre sujeta a un trámite migratorio.
Además, el ingreso de las víctimas será voluntario y con consentimiento informado. En caso de las niñas y adolescentes que sufran de violencia familiar o de género, podrán ingresar con solicitud firmada por la madre, padre, tutor o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia o petición de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, de las Procuradurías de Protección de las Entidades Federativas o del Juez Competente y en situaciones de emergencia a petición del Ministerio Público.
Estos funcionarán las 24 horas del día, los 365 días del año, destaca la reforma.
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