Por: Redacción/
La Comisión de Asuntos Político-Electorales del Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen a la iniciativa para derogar los artículos 4 apartado B fracción III, 6 Fracción I; 13, 76 y 25 transitorio del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y con esto desaparecer la figura del Diputado Migrante, debido a que no existe en la Constitución Política de la Ciudad de México.
Leonor Gómez Otegui (PT), diputada promotora de la iniciativa dijo que con esta derogación se inicia la discusión para crear una figura que realmente exista en la Carta Magna de la ciudad y que cuente con paridad de género, de lo cual carecía actualmente el Diputado Migrante, por lo que vulneraba los principios ganados por las mujeres.
“Necesitamos que haya paridad, que no sea una figura inconstitucional y que las autoridades electorales de la capital han querido delimitar aún cuando no aparece en la Constitución, y nosotros buscamos derogarla para armonizarlo con la Constitución para que cuente con lo mínimo que tienen otras figuras: acceso al presupuesto y paridad de género”, señaló la legisladora.
Durante la sexta reunión ordinaria de la Comisión de Asuntos Político-Electorales del Congreso local, la diputada Gómez Otegui recordó que los consejeros electorales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) han viajado mucho al extranjero para promover la figura del Diputado Migrante, no obstante que en el pasado proceso electoral solamente votaron 0.36 por ciento de los nacidos en la Ciudad de México y radicados en el extranjero.
“Esto nos indica que no hay mucho interés y no es una figura representativa, además de que en la VII Legislatura de la Asamblea Legislativa se cometió el exceso de ponerlo en el Código Electoral sin percatarse que no estaba en la Constitución”, recalcó la diputada integrante del grupo parlamentario del PT.
Por ello aclaró que se pretende derogarlo para hacer una reforma constitucional e ir por los principios mínimos de equidad de género, además de que se permita a estas personas tener acceso a recursos públicos y garantías para que sus derechos no se vulneren.
En otro tema, también se aprobó la iniciativa para modificar al numeral 2 del artículo 457 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la CDMX, respecto de los requisitos para la solicitud de recuento de votos en la totalidad de las casillas integrantes de un distrito electoral.
Según el dictamen se pretende que si al termino del cómputo se establece que la diferencia entre el candidato presuntamente ganador y alguno de los otros candidatos es igual o menor a un punto porcentual, y existe petición expresa de alguno de sus representantes, el Consejo Distrital deberá proceder a analizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas. En todo caso se excluirán del procedimiento anterior las casillas que ya hubiesen sido objeto de recuento.
Durante la sexta sesión de la Comisión de Asuntos Político-Electorales estuvieron presentes su presidente, el diputado Jorge Triana Tena (PAN), Eduardo Santillán Pérez (MORENA), Leonor Gómez Otegui (PT), Alberto Martínez Urincho (MORENA) y Valentín Maldonado Salgado (PRD).
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