Por: Redacción/
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar el artículo 10 Bis a la Ley General de Salud para establecer que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de estos servicios.
El dictamen, avalado con 313 votos a favor, 26 abstenciones y 105 en contra, precisa que cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica no podrá invocarse la objeción de conciencia; en caso contrario, se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional.
Además, estipula que el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral.
Al fundamentarlo, la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (PAN) expresó que la objeción de conciencia se inscribe en la libertad de pensamiento, de conciencia y de creencia –protegidas en tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por México— y atiende a principios de tolerancia, libertad ideológica y no discriminación.
Refirió que el artículo 24 constitucional reconoce que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, así como a tener y adoptar la de su agrado.
Explicó que puede ser interpuesta por el personal médico y de enfermería como la negativa a realizar procedimientos y actividades contrarias a sus convicciones éticas y morales. Aclaró, no obstante, que su ejercicio estará supeditado a no poner en riesgo la salud o vida del paciente, y a que no derive en la comisión de un delito.
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (PES) afirmó que se tiene una fuerte deuda con este derecho humano básico, y protegido también por diversos convenios internacionales. No basta su protección convencional mediante la interpretación, sino que es necesario sacar ese derecho “de las lagunas jurídicas que hoy lo ahogan”.
La libertad de conciencia debe distinguirse jurídica y técnicamente de la religiosa, porque “no son lo mismo”, y consideró que es “una proyección de ignorancia muy lamentable el señalamiento de algunos medios y sectores radicales que hablan de oportunismo e inclusive de cuestiones religiosas ante esta propuesta”.
El diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC) expresó su voto a favor del dictamen, pues aborda los dos bienes más preciados del ser humano: la vida y la libertad.
El ejercicio de la libertad de conciencia en prácticas médicas, o ciencias afines a la medicina, es un tema controversial y polarizado; aseguró que su voto como el de su fracción, está basado en un profundo compromiso con la ética universal.
Del PVEM, el diputado José Refugio Sandoval Ramírez afirmó que es necesario incorporar el derecho a la objeción de conciencia, “pues no se encuentra incluido expresamente en nuestro marco jurídico”. Se deben proteger los derechos de los profesionales de la salud y brindar herramientas que garanticen los derechos laborales de quienes brindan servicios médicos a la población, ante una situación que ponga en riesgo sus valores éticos.
En la Carta Magna se contempla de manera general la libertad de conciencia, pero “no podemos ignorar la existencia a nivel global de diversos documentos que insisten en la importancia de garantizar el equilibrio entre la libertad de conciencia y el ejercicio de los demás derechos humanos”,
La diputada Karina Sánchez Ruiz (NA) consideró que la redacción propuesta pone en riesgo la atención médica de millones de personas, pues “abre la puerta a una medicina basada en valoraciones morales subjetivas”.
Además, pone en riesgo la atención médica de millones de mexicanos pues se podría caer en negligencia médica, ante la falta de personal médico suficiente para suplir a los doctores objetores de conciencia.
Mariana Trejo Flores, diputada de Morena, argumentó que en ninguna norma internacional que México ha firmado y ratificado se encuentra establecido el derecho a la objeción de conciencia, sino que se manifiesta como un derecho intrínseco a la libertad de pensamiento.
Precisó que el dictamen no cumple con los requisitos esenciales para salvaguardar el ejercicio de los derechos de las mujeres y de otros sectores que pueden ser objeto de discriminación con la redacción propuesta, ya que servirá para negar el acceso al derecho a la salud. “No puede existir objeción de conciencia institucional, en razón a que todos los entes forman parte del Sistema Nacional de Salud y están obligados a cumplir la ley”.
El diputado David Gerson García Calderón (PRD) afirmó que el dictamen no genera una mejor calidad de vida para la sociedad, ni para el sector salud.
De aprobarse, abre la posibilidad de transformar la práctica médica en una actividad idiosincrática sesgada, prejuiciosa, intolerante y discriminatoria, lo que traería un retroceso a la medicina.
El diputado Jorge Triana Tena (PAN) rechazó que pueda haber “situaciones que llevan a una realidad apocalíptica de cómo se va a desvirtuar, de cómo vamos a meter a la religión en el sistema de salud. Es completamente falso”, pues el dictamen establece que la autoridad se encargará de homologar la normatividad administrativa para acotar excesos.
Afirmó que en la Ciudad de México cohabitan el derecho de la mujer a interrumpir el embarazo y, por la objeción de conciencia, “no ha colapsado el sistema de salud”, no hay ningún problema con ello. “No quieran vender una situación apocalíptica, crítica, que nos va a llevar –por supuesto– al alarmismo. Esto tendrá que ser regulado a través de normas oficiales, administrativas, por parte de la autoridad correspondiente”.
El diputado Pedro Luis Noble Monterrubio (PRI) destacó la necesidad de reconocer jurídicamente la objeción de conciencia, en el entendido de que no se pondrá en riesgo la vida ni la salud de los pacientes.
Llamó a realizar un debate sin falacias, sin mentir “a los colegas diputados y al público que nos sigue”, para fortalecer los derechos humanos y armonizar la libertad de conciencia, de pensamiento y de religión con el derecho a la salud.
Discusión en lo general
La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (MC) cuestionó por qué se coarta el derecho de médicos y enfermeras a objetar conscientemente la realización o no de una actividad dentro de su profesión, si no se pone en riesgo la integridad ni la salud de los pacientes. El dictamen, precisó, salvaguarda el derecho de los médicos a decidir si realizan determinados procedimientos, por ir contra sus creencias.
Del PRD, la diputada Cecilia Soto González indicó que con este dictamen se crea un problema para la Secretaría de Salud en materia de presupuesto y da armas a personas que pueden tener objeciones de conciencia, que no tienen nada que ver con la salud de los pacientes; además, “se abre la puerta a que criterios religiosos normen la política de salud pública en un país laico”
La diputada Norma Edith Martínez Guzmán (PES) expresó que no es una prerrogativa, sino un derecho humano que no se debe coartar, menos a un sector fundamental de la población, que tiene una nobleza extraordinaria. Llamó a no espantar a la ciudadanía con planteamientos de que no se va a garantizar el derecho humano a la salud. “México es un país de libertades, y aquí en la Cámara de Diputados venimos a garantizarlas”.
La diputada María Candelaria Ochoa Ávalos (MC) dijo que la libertad de conciencia está tutelada en el artículo 24 de la Constitución, y garantiza el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, “pero la responsabilidad del Estado –aclaró- es procurar el más alto nivel posible de salud en la población”.
Consideró que la objeción de conciencia puede llevarse a cabo por un servidor público, representante del Estado, que en lugar de ampliar las libertades y derechos de quienes usen los servicios médicos, los restringe, limita y puede incluso poner en riesgo la vida de las personas, por esa oposición.
El diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) indicó que la objeción de conciencia no se circunscribe al tema de la salud, sino puede pasar a otros ámbitos, por ejemplo, apuntó, “existen religiones en México que consideran que rendir honores a la bandera es idolatría”, y cuestionó si el Estado debe, o no, meterse en la mente de esas personas, sin importar si es una convicción racional, ética, religiosa o incluso una superstición.
La diputada del PRD, Hortensia Aragón Castillo, estimó que los argumentos del dictamen son de índole religiosa; además, el concepto se halla establecido en la Constitución y la Secretaría de Salud ha hecho todo para normarlo. Añadió que la propuesta vulnera diversos derechos, pues la dependencia deberá contar, para todos los casos, con personal no objetor de conciencia. “Con eso queda claro que sí se pone en riesgo la vida y la salud de muchas personas en este país”.
Votación particular
Posteriormente, en votación particular se aprobó por 367 votos a favor, 28 abstenciones y 34 votos en contra, un agregado al segundo párrafo del artículo 10 Bis, presentado por la diputada Cecilia Soto González (PRD), y suscrita además por diputados del PAN y de Movimiento Ciudadano, para incluir la frase: “en caso contrario se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional”.
A título personal, la legisladora propuso también modificar el Segundo Artículo Transitorio, pero fue desechada. El dictamen se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
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